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¿Es legal que las empresas vigilen la actividad de los empleados en redes sociales?

Cuidar nuestra huella digital es fundamental. De hecho, si no lo hacemos, también podemos vernos fuera de algún proceso de selección en el que estemos participando. Hoy en día, las redes sociales aportan muchísima información sobre nosotros y las empresas lo saben, lo rastrean y lo analizan. En este artículo hablamos de la vigilancia que las compañías ejercen sobre sus empleados en redes sociales y las limitaciones legales que existen al respecto.

Empleados en redes sociales: los límites de la privacidad

Los datos son claros: más de la mitad de las empresas consultadas al respecto confiesan que, efectivamente, buscan información adicional sobre sus candidatos en las redes sociales. Una práctica habitual que, de momento, escapa del control normativo por las dificultades para demostrar una posible discriminación, o un mal uso por parte de la empresa.

Independientemente de lo que indica el Estatuto de los Trabajadores al respecto, también la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) estableció una serie de limitaciones sobre este asunto. Básicamente, el criterio principal que limita estas prácticas tiene que ver con el hecho de que la información obtenida sea significativa o no para decidir si un candidato es adecuado para el puesto ofertado.

Por tanto, indagar o descargar fotografías personales o información privada de una persona no tiene justificación en un proceso de selección. Sin embargo, buscar fotografías colgadas por un candidato a un puesto de fotógrafo, sí podría tener sentido. Y también si la empresa bucea en perfiles de ámbito profesional.

 

Pero, ¿Puede una empresa controlar nuestras redes sociales o tomar decisiones sobre nuestra actividad en las mismas? Como decimos, el asunto es controvertido. La respuesta más coherente es que todas las actuaciones deberían moverse en el marco del respeto a la privacidad y la libertad de expresión de cada persona, y a la imagen y los intereses legítimos de las empresas.

Queda claro que una empresa no tiene derecho a descargar datos, comentarios, fotografías o información privada de sus empleados, y podría ser sancionada por ello. Pero también es evidente que puede tomar decisiones al respecto, si se está vertiendo información falsa sobre sus actividades que pueda dañar su reputación.

Cuidar la huella digital y guías de buenas prácticas: comunicar sin daño

La mejor manera de evitar situaciones problemáticas, despidos, sanciones o sentencias a favor o en contra en este ámbito laboral tan complejo pasa, sin ninguna duda, por gestionar de forma correcta nuestra actividad digital.

De esta forma, conseguiríamos proyectar una imagen más positiva sobre nosotros mismos ante cualquier proceso de reclutamiento.

Las empresas, por su parte, deberían trabajar desde la prevención y la comunicación interna. Crear normas claras o elaborar guías de buenas prácticas sobre el tratamiento de información relevante de la empresa en internet. Además de capacitar a los empleados en el uso de las redes sociales. Y de esta forma conseguir que la actividad privada en Internet no sea un riesgo para la empresa, sino una posibilidad real de mejorar su imagen en el exterior.

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