Cuestiones como, ¿cuál debe ser el porcentaje de incremento en mi nómina?, ¿hasta dónde puede llegar mi promoción económica? ¿cuántos días de vacaciones me corresponden?, así como la indemnización por despido, excedencias, etc. son aspectos que debemos tener en cuenta cuando nos referimos a la antigüedad laboral.
Para poder abordar este tema que plantea infinitas incógnitas para los trabajadores, es importante tener claros los principales aspectos sobre la antigüedad. Más adelante, podremos indagar qué ocurre, por ejemplo, cuando hay un cambio de dueño en la empresa. ¿Afecta eso a la antigüedad? No, el nuevo propietario está obligado a mantener a todos los trabajadores en su puesto con todos los derechos que tienen y que ya poseían en el momento del cambio.
¿Qué es la antigüedad y cuando comienza?
En primer lugar, la antigüedad en el puesto de trabajo se establece como algo positivo que atribuye una recompensa al trabajador con un plus que se materializa en un incremento salarial como complemento de carácter personal. Los convenios colectivos establecen la cuantía de este plus que consiste en un porcentaje sobre el salario base según los periodos que se contabilicen.
El cómputo de este plus de antigüedad empieza transcurrido el periodo de prueba. Asimismo, para el cómputo de la antigüedad se exige que no haya extinción del vínculo contractual. Existe jurisprudencia que determina que, aun habiendo tenido el trabajador pluralidad de contratos, mientras no exista una ruptura de la “unidad esencial del vínculo” contractual, se entiende que la relación laboral sigue siendo la misma.
Por tanto, la antigüedad del trabajador en una empresa, independientemente de la sucesión laboral de empresas anteriores, se computará desde el primer contrato con la primera empresa.
Si necesito una excedencia para cuidar de un familiar, ¿el tiempo en casa cuenta como antigüedad?
Por regla general, cuando nos referimos a una excedencia voluntaria, es decir, cuando existe un auténtico derecho subjetivo del trabajador a esa situación en la que no tiene la obligación de justificar las razones o motivos que le llevan a instar la excedencia, hay que destacar que durante el tiempo en que el trabajador se encuentre en situación de excedencia voluntaria, no computa antigüedad. Sin embargo, no pierde la antigüedad anterior reconocida en la empresa.
Por otro lado, cuando la excedencia es para el cuidado de un familiar, sí se expresa que el tiempo que el trabajador destine a los cuidados de ese familiar cuenta como antigüedad, absolutamente desde el primer día hasta el último.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Respecto a las vacaciones, el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y los Convenios Colectivos serán los que determinen las vacaciones que corresponden al trabajador. Aunque la duración exacta de las vacaciones se establece normalmente en el convenio colectivo o mediante pacto, éstas no pueden ser inferiores, en ningún caso, a 30 días naturales, o lo que es lo mismo, 2,5 días naturales por mes trabajado.
En muchas empresas se basan en la antigüedad, siendo los trabajadores que más tiempo lleven en la empresa los que eligen primero. Así, las vacaciones se rigen por un “criterio de adjudicación” en el cual la antigüedad del trabajador cuenta como ventaja.
Importancia de la unidad de vínculo
En el caso de que un trabajador sea contratado de forma sucesiva por una empresa mediante distintos contratos que se van sucediendo en el tiempo, para poder tener conocimiento de cuál es su antigüedad, hay que tener en cuenta el tiempo que ha transcurrido entre la finalización de un contrato y el inicio del siguiente. Previamente, se entendía que, si pasaban 20 días entre contrato y contrato, periodo por el cual el trabajador puede impugnar el despido, el cómputo de antigüedad se rompía.
Sin embargo, la jurisprudencia ha considerado que debe tenerse en cuenta la totalidad de los servicios prestados en la empresa para conocer la antigüedad de un trabajador, y así, tener en cuenta todo el tiempo que computa para el cálculo de la indemnización legal en caso de despido. Por tanto, lo que importa es que se mantenga una “unidad de vínculo” en la relación laboral.
En definitiva, cuando estamos ante un despido, la antigüedad es la base para calcular la indemnización. Los despidos que son susceptibles de indemnización, es decir, objetivo o colectivo, disciplinario, procedente, o improcedente, deberán atender tanto al factor de la antigüedad del trabajador en la empresa, como la retribución salarial que tenía el trabajador en el momento de su despido.
Si, el trabajador quisiera impugnar su despido, es importante indicar en la demanda la fecha real de inicio de la relación laboral para que la indemnización sea calculada con la antigüedad correcta.
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