Si te encuentras en situación de despido colectivo o piensas que la empresa pueda tomar esta decisión, es importante que conozcas el procedimiento. La compañía es la que inicia el proceso informando del ERE justificado por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Tras el periodo de negociación, debes conocer antes de 15 días el número de trabajadores afectados finalmente. Si son más de 50, la organización está obligada a ofrecer un plan de recolocación externa.

¿Qué es el despido colectivo?

Se considera despido colectivo cuando la empresa procede a prescindir de un número significativo de trabajadores. La diferencia entre el despido objetivo o un despido colectivo, que puede ser parcial, es el número de trabajadores afectados. Así, se habla de despido masivo siempre que, en un período de 90 días, afecte a un número de trabajadores superior a 10 en empresas con menos de 100 trabajadores. También en el caso de afectar al 10% de la plantilla en empresas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores. O a 30 trabajadores en empresas que cuenten con más de 300 trabajadores. O puede ser un despido colectivo total si afecta a toda la plantilla de más de 5 trabajadores, debiendo conllevar en este caso el cese total de la actividad empresarial.

Los despidos colectivos de empleados o Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción están regulados por el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. Toda empresa que pretenda realizar un despido colectivo ha de seguir este proceso, fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Y atención a la modificación: según la nueva ley de julio de 2023, el tiempo previo antes de la ejecución pasa de 30 días a 7 meses.

Ten presente que la empresa debe iniciar el procedimiento comunicándolo tanto a la Dirección General de Trabajo como como a los sindicatos del territorio o sector.

Trabajadores que sufren un despido colectivo

Pasos que dar si te ocurre

El derecho laboral recoge un periodo de consultas donde se abre la negociación. En muchas ocasiones, la empresa anuncia o comienza la negociación con la idea de despedir a un número de trabajadores, pero tras las negociaciones con los representantes legales, rebaja el número de despidos. En este caso, lo importante no es el número de trabajadores finalmente acordado, sino el número de trabajadores inicialmente afectados.

Durante el periodo de consultas los abogados laboralistas se encargan de realizar advertencias y recomendaciones a las partes, mediar para buscar soluciones y ofrecer asistencia a petición de las partes. Si en el plazo de 15 días la empresa no comunica el acuerdo o decisión final, se producirá la caducidad del procedimiento. Después la empresa tiene que comunicar de manera individual a los trabajadores afectados por el despido. Además te debe preavisar con 15 días de antelación, entregando una carta de despido y abonando la indemnización acordada en la negociación.

La elección de los trabajadores afectados sigue criterios para dar garantía de protección. Por ejemplo, a las mujeres embarazadas o que hayan disfrutado del permiso de maternidad antes de 12 meses. El detalle está recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Si afecta a más de 50 trabajadores, la empresa deberá ofrecer un plan de recolocación externa. Este plan será gratuito para los trabajadores y estará diseñado para un mínimo de 6 meses. Deberá incluir medidas de formación, orientación profesional y atención personalizada.