Las 4 sanciones más comunes entre los autónomos son la consecuencia de errores administrativos habituales. Por eso, a un mes de iniciarse la campaña de la Renta, es conveniente recordar las obligaciones con Hacienda para evitar estas sanciones o reducir el pago de las multas. Los recargos más habituales son por presentar declaraciones y autoliquidaciones fuera de plazo, por no pagar la cuota de autónomo, por no llevar de manera ordenada los libros contables o por errores en la facturación, como el tipo de IVA que debes aplicar a tu actividad.
Estas son las sanciones más comunes entre los autónomos
Las 4 sanciones más comunes entre los autónomos tienen consecuencias. Seguro que te suenan cuando las leas, pero no está de más recordarlas para prevenir y saber qué hacer si te sancionan. Además de gestionar todos los aspectos de tu negocio, publicidad, clientes, ejecución de los servicios o productos, ser autónomo implica también obligaciones fiscales que, de no cumplirlas, conlleva estas sanciones:
- Recargos por presentar las declaraciones y autoliquidaciones fuera de plazo:
- Modelo 111 de retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios.
- 115 para la declaración trimestral de las retenciones practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos (locales, oficinas y naves) en los que desarrollas tu actividad.
- El modelo 303 del IVA.
- 349 para declarar las operaciones intracomunitarias que hayas realizado en el transcurso del trimestre.
- 130 para la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Y si tributas en Módulos, para esta misma autodeclaración, presentarás el modelo 131.
- 179 para la declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Multa por no pagar la cuota de autónomo: estás obligado a cotizar mensualmente. Si no cumples con esta obligación, se desarrollarán recargos e intereses de demora por ingreso fuera de plazo. Si lo pagas en el mes natural siguiente, le debes sumar un 10%. Y si es en el segundo mes natural, un 20%. Si disfrutas de la bonificación, la pierdes.
- No llevar los libros contables: estás obligado a hacerlo de manera ordenada y adecuada para tu actividad. Debe permitir el seguimiento cronológico de tus operaciones. En caso contrario, la sanción oscila entre los 150 euros básicos y los 6.000 euros para situaciones excepcionales. Además, deben conservarse al menos 4 ejercicios fiscales en los que Hacienda podrá inspeccionarlos.
- Errores en la facturación: los más habituales son fallos al calcular el IVA, error al numerar la factura, defecto de forma por no tener el IVA desglosado y poner un tipo de IVA equivocado. La formas más sencilla de evitar la sanción es con una factura rectificativa.
Las sanciones más comunes se pueden reducir
La Ley antifraude puso en marcha también reducciones sobre el importe de las sanciones que puede imponer la Agencia Tributaria a los trabajadores que no están al corriente en el pago de las cuotas de autónomo.
Las rebajas en las sanciones son un 15% superiores si se produce el pronto pago, pasando del 25% al 40%. Además, se mantiene la rebaja por conformidad en un 30%. Ambas son herramientas que utiliza Hacienda para agilizar el cobro de las deudas y reducir la litigiosidad de las multas.
También incluye reducciones mayores cuando una inspección detecta, por ejemplo, una incoherencia entre los ingresos y el nivel de vida del trabajador autónomo. Siendo difícil de cuantificar, se podría llegar a un acta de conformidad y aplicar una reducción del 60% de la multa impuesta si lo aceptas como autónomo.