A priori, entre la figura de empresario individual y la de autónomo no hay diferencias. Lo que ocurre es que al hablar de empresario individual pueden referirse al llamado Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL). Todas estas opciones de trabajo por cuenta propia implican darse de alta en el RETA y en el Impuesto de Actividades Económicas. La única diferencia se encuentra en el porcentaje de IRPF con el que tributas, y en los límites para responder antes las deudas.
Diferencias entre autónomo y empresario individual o ERL
La definición que da el Ministerio de Industria sobre empresario individual se parece mucho a la de autónomo: «persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena». De hecho, si te decides por esta figura, también debes estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Al igual que en el caso de los autónomos, también deberás tributar por el IRPF porque las obligaciones fiscales son las mismas. Así como hacer facturas, si lo exige la actividad. Y debes tener en cuenta algo importante: que tampoco hay diferencias entre el patrimonio personal y patrimonio de la empresa en el caso de tener que hacer frente a deudas.
En principio, la principal diferencia entre autónomo y empresario individual estaría solo en el nombre. Así, el empresario individual no está obligado a ningún trámite especial o diferente al autónomo para llevar a cabo su actividad (Registro Mercantil, etc.). Tampoco requiere una aportación de capital inicial mínima, salvo la que tiene (su propio patrimonio, en última instancia).
Lo que sí son dos figuras distintas son las de Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) y la de autónomo. En el caso de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limita, su vivienda no puede ser embargada para responder ante las deudas con su patrimonio individual. Además, es importante que sepas que muchos clientes o proveedores, no solo prefieren, sino que exigen que tengas la condición de sociedad. Esta figura les da mayor confianza en la solvencia.
Ser o no ser autónomo, esa es la cuestión
En España, la cifra de personas físicas dadas de alta en el RETA o Registro de Autónomos ha aumentado en 10.000 trabajadores en 2022. Los últimos datos recogidos en septiembre cifran en 3.329.863 el número de autónomos en nuestro país. De ellos, un 63,36% son hombres y un 36,64% son mujeres. Aunque solo 2.048.176 de estos son personas físicas individuales. El resto, más de 1.000.000 de trabajadores, son sobre todo autónomos societarios al frente de distintos tipos de sociedades. Además de unos cuantos autónomos colaboradores.
La gran mayoría de los españoles que trabajan por cuenta propia lo hacen en los sectores de la construcción y el comercio, aunque también hay un número importante que se dedica a la agricultura. En los últimos años ha crecido también el número de profesionales independientes: diseñadores de páginas web, gestores de redes sociales, traductores, periodistas, abogados, contables o asesores.
La nueva tarifa plana de autónomos puede inclinar la balanza hacia esta dirección. Darse de alta como autónomo societario, si eres el responsable de un proyecto colectivo, también es una opción. La clave vuelve a ser la retención del IRPF, progresiva o fija, y la responsabilidad ante las deudas.