Puede pasar que la empresa para la que trabajas decida internacionalizarse o que simplemente ya esté internacionalizada y te requiera en otro país. Quizá seas tú quien solicite por voluntad propia la movilidad laboral dentro de tu empresa, hay países donde la demanda es mayor. En cualquier caso, tanto si vas a ser expatriado como desplazado, ¿qué derechos laborales te asisten y dónde debes cotizar?
No hay un límite claro entre desplazados y expatriados
La diferencia entre expatriados y desplazados es un tanto confusa. En ambos casos sucede cuando una persona que pertenece a una empresa situada en España se traslada a otro país por iniciativa de la compañía o por voluntad propia. La cuestión es que sigue siendo empleada de la misma empresa. En principio, las personas desplazadas son aquellas que pasan menos de un año fuera y, al cabo de este periodo, regresan.
Expatriados suele asociarse con los trabajadores que pasan un periodo de tiempo más largo, que puede llegar a ser incluso indefinido. Sin embargo, a los que pasan más de un año fuera del país de origen también reciben el nombre de desplazados de larga duración.
Cotizaciones y condiciones laborales de expatriados y desplazados
Cuando una persona desplazada a otro país va a regresar antes de haber transcurrido el año, la normativa indica que debe seguir cotizando en España. Una vez ha pasado este tiempo, también se puede continuar cotizando en el país de origen, pero solo por tiempo limitado. Depende de los acuerdos que haya en entre los países. Por lo general, se puede alargar de dos a cinco años.
Con respecto a las condiciones laborales, se presentan muchos tipos de casos que también varían según acuerdos entre países y, además, las condiciones que la compañía le ofrezca al trabajador desplazado. Aunque hay cierta legislación que se debe respetar. Por ejemplo, en 2018 se aprueba una normativa que afecta a condiciones laborales como el salario mínimo, la jornada o los periodos de descanso. Si el desplazamiento es hacia otro país que pertenezca al Espacio Económico Europeo, la persona trabajadora adquiere los derechos del país de destino.
Cuestiones de las que hay que estar pendiente
Tanto si se es expatriado como desplazado, en el contrato que se pacte con la empresa debe ir bien reflejadas las consecuencias de la extinción del contrato en el país de destino. También es muy importante que se acuerden y queden por escrito las condiciones de retorno, que abordan aspectos como el puesto de trabajo, la categoría o el salario.
Además, hay que informarse de en qué situación quedan las coberturas en cuanto a prestaciones por jubilación y desempleo. A veces parece que se ofrecen salarios muy elevados en comparación con los que se cobran en España. Ahora bien, puede que la empresa no esté cotizando por ti lo mismo que se cotiza aquí. En tal caso ellos podría incluso ahorrar costes y tú te verías perjudicado a la hora de recibir prestaciones sociales. Como depende de muchos factores, es conveniente que expongas tu caso particular en la oficina que te corresponda de la Seguridad Social.
Por último, cuando viajas por un tiempo, no solo debes contemplar las condiciones en las que emigras tú, también te preocupan las condiciones de tu familia si la tienes y te acompaña. Esto es algo de lo que conviene cerciorarse antes de aceptar un acuerdo con la empresa.
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