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¿Quiénes pueden solicitar la RAI?

¿Qué es la Renta Activa de Inserción (RAI)?

Los altos niveles de paro que se alcanzaron durante los peores años de la crisis promovieron la creación de políticas activas de empleo complementadas por ayudas económicas que mitigaran los efectos devastadores que el desempleo ha producido, y sigue produciendo aún, en las familias. El plan PREPARA, la RAI son algunas de estas políticas destinadas a personas que se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad respecto al empleo. Aquellas que no tienen derecho a una prestación contributiva podrán solicitar, si cumplen el resto de requisitos, la Renta Activa de Inserción (RAI).

¿Quiénes pueden solicitar la RAI?

Los requisitos para poder recibir la Renta Activa de Inserción pueden dividirse en una norma general y varios casos especiales, parados de larga duración, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad o emigrantes retornados.

General

Se podrá percibir la Renta Activa de Inserción si:

RAI para parados de larga duración

Llevar más de doce de los últimos dieciocho meses en desempleo se considera como un paro de larga duración. En este caso también podrás solicitar la RAI si tienes más de 45 años (y menos de 65) en el caso de que ya hayas agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.

Tendrás que llevar un mínimo de doce meses inscrito como demandante de empleo sin interrupción, es decir, si has trabajado menos de tres meses acumulados (90 días) no se considera interrumpida la demanda de empleo.

Es necesario acreditar que has estado haciendo una búsqueda activa de empleo (BAE).

RAI para personas con discapacidad

Si te encuentras en posesión de un certificado de discapacidad de, al menos, el 33% puedes solicitar también la Renta Activa de Inserción contemplando los mismos requisitos que si fueras parado de larga duración.

RAI para personas emigrantes retornadas

Si has estado trabajando más de seis meses en el extranjero y has vuelto en los doce meses anteriores a la solicitud de la prestación también podrás beneficiarte de esta ayuda. Pero solo si tienes entre 45 y 65 años y estás inscrito como desempleado. El resto de requisitos son los mismos que en la tipología General.

RAI para víctimas de violencia de género y doméstica

En caso de que tengas acreditada la condición de víctima de violencia de género o doméstica podrás solicitar la RAI, siempre y cuando no estés conviviendo con tu agresor. No es necesario ser mayor de 45 años para solicitarla ni haber estado inscrita como desempleada anteriormente.

¿Cuánto dinero recibiré al mes y durante cuánto tiempo?

La RAI solo puede cobrarse durante 11 meses consecutivos. La cantidad mensual que se ha fijado para el año 2020 (últimos datos) es de 451,92 € (el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

La RAI te permite el acceso a otras ayudas en caso de que hayas tenido que cambiar de residencia obligada por violencia de género. Hasta tres mensualidades en un pago.

En caso de que encuentres un empleo o te hagas autónomo la RAI se suspendería, pero tendrás derecho a un 25% de la asignación durante 180 días.

¿Dónde se tramita la RAI y qué documentos necesito?

Podrás hacerlo tanto online como presencial. Hay  que presentar el modelo oficial de solicitud y los documentos acreditativos que se correspondan con tu situación.

Si no cumples con alguno de los requisitos para beneficiarte de la RAI puedes solicitar la ayuda del plan PREPARA.

Consulta más información en la web del SEPE.

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