La capitalización del paro es un sistema que eligen algunas personas para pasar de ser desempleadas a trabajar como autónomas o incluso crear una sociedad limitada. Todo aquel que tenga derecho a cobrar el paro puede solicitar el pago único si va a montar un negocio.
La opción de capitalizar el paro parece una salida para muchos desempleados porque puede llegar a permitir conseguir un modo de mantenerse si no se encuentra trabajo. En principio, da la sensación de que el riesgo que contraes es mínimo. Sin embargo, conviene que estudies con detenimiento lo que supone montar un negocio. Si no funciona (y la gran mayoría de negocios fracasan en el primer año de vida), tienes que tener dispuesto un plan B.
Desde el punto de vista financiero, lo más recomendable es que pongas en marcha una iniciativa teniendo unos meses de salario asegurados y sin tener que endeudarte con bancos en capital que vayas a amortizar a corto plazo.
Es decir, si realmente no te ves llevando un negocio, invierte el tiempo en encontrar un trabajo asalariado con la tranquilidad de que recibirás tu ayuda mensual si no tienes suerte.
En qué consiste el pago único
Pueden capitalizar el paro los trabajadores que están cobrando prestación y van a montar un negocio como autónomo o una profesión liberal, una sociedad laboral en la que realizarán un trabajo efectivo o bien una cooperativa, a la que se incorporarán como socios trabajadores.
Hay varias modalidades de capitalización. Está el pago único para iniciar el negocio o aportar el capital que se requiera en una sociedad; el pago mensual, que subvenciona las cuotas de la Seguridad Social, o bien una combinación de las dos modalidades anteriores.
Los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de este tipo de prestación son los siguientes:
- Tener derecho a cobrar una prestación contributiva porque te hayan despedido o porque se te haya acabado el contrato.
- Que te queden por cobrar al menos tres meses de la prestación.
- Que no te hayas beneficiado de la capitalización en los cuatro años anteriores.
- Si vas a entrar en una cooperativa o sociedad, no puedes ser un trabajador temporal, tienes que ser estable.
- Si aportas capital a una sociedad, debes cumplir además con lo siguiente: que la sociedad se haya constituido en los 12 meses anteriores, que poseas el control efectivo de esta sociedad, que ejerzas una actividad profesional en ella y que te des de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o en el de los Trabajadores del Mar.
Otros aspectos importantes
Debes solicitar la capitalizción del paro siempre antes de iniciar la actividad, si lo solicitas después no podrás recibirla.
Ten en cuenta también que, si no pides la capitalización y tienes pensado iniciar una actividad por cuenta propia, existe la posibilidad de seguir cobrando el desempleo durante los primeros 9 meses que te establezcas como autónomo.
Puedes ampliar la información, así como iniciar los trámites de solicitud del pago único, a través de la página del SEPE.
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