Mejora tu currículum con la mejor formación

9%

¿Qué quieres estudiar?

Profesional revisando en un calendario sus días de vacaciones sin disfrutar

Profesional revisando en un calendario sus días de vacaciones sin disfrutar

Los días de vacaciones sin disfrutar: ¿Se acumulan para el año siguiente o se pierden?

Cuando se acerca el final del año, muchos trabajadores que todavía no han gastado sus días de vacaciones, temen perderlos y se plantean esta duda: ¿Qué ocurre con mis días de vacaciones sin disfrutar? ¿Pueden acumularse para 2026 o se pierden si no los he usado antes del 31 de diciembre? Te contamos cómo se gestionan, según la normativa laboral vigente en nuestro país.

¿Qué dice la Ley sobre los días de vacaciones sin disfrutar?

Antes de nada, conviene recordar que en España todos los trabajadores tienen derecho por ley a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones pagadas al año (esto equivale a unos 22 días laborables, si se cuentan solo días de lunes a viernes). Este mínimo puede ser mayor si tu convenio colectivo o contrato así lo establece.

Hablamos de días de vacaciones sin disfrutar cuando al llegar el 31 de diciembre del año no has llegado a coger todos esos días. Por ejemplo, si tenías derecho a 30 días y solo has cogido 25, te quedarán 5 días pendientes: esos son tus días de vacaciones sin disfrutar.

La regulación principal está en el Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que las vacaciones anuales retribuidas son un derecho y deben disfrutarse dentro del periodo acordado entre empresa y trabajador. La norma general en España es que los días de vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural en el que se devengan, es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Si no los coges en ese periodo, el derecho a disfrutarlos caduca y se pierden, salvo algunas excepciones.

Esto significa que, si tienes días de vacaciones sin disfrutar cuando acaba el año, no se trasladan automáticamente a 2026 ni se acumulan por defecto. En condiciones normales, esos días se pierden al final del año. Aunque se contemplan algunas excepciones.

¿Puedes usarlos en 2026 de alguna forma?

Estas serían las tres situaciones o excepciones que pueden permitirte usar tus días de vacaciones sin disfrutar, incluso después de que se haya terminado el año.

📌 Cuando no has podido disfrutar tus vacaciones por causas justificadas

Si por razones ajenas a ti no pudiste coger tus vacaciones (por ejemplo, por una baja médica, maternidad / paternidad o incapacidad temporal), la normativa permite que esos días se disfruten después del año natural. En muchos casos estos días se pueden usar hasta 18 meses después del final del año en que se generaron.

👉 Ejemplo: si no pudiste disfrutar tus vacaciones de 2025 porque estuviste de baja, puedes tener derecho a disfrutarlas en 2026 e incluso parte de 2027, según el plazo permitido.

📌 Si la empresa no te informó ni facilitó las vacaciones

La jurisprudencia europea y española ha insistido en que las vacaciones son un derecho que la empresa debe facilitar activamente. Si la empresa no te informó de cuántos días te quedan o no te dio oportunidad real de disfrutarlos, puedes reclamar esos días más allá del 31 de diciembre.

Esto quiere decir que, si tu empresa no te dijo claramente cuántos días aún tenías pendientes y no te animó a cogerlos, podrías tener derecho a disfrutarlos más tarde o incluso reclamarlos judicialmente.

📌 Acuerdos con la empresa o convenio colectivo

Algunas empresas, por política interna o por convenio colectivo, pueden permitir que los días no usados se trasladen al año siguiente, con plazos concretos (por ejemplo, hasta marzo o abril) u otros acuerdos pactados entre las partes.

👉 Es importante que revises tu convenio colectivo o contrato: puede que allí se establezca una norma sobre la acumulación o traslado de días no usados.

¿Se pagan los días de vacaciones no usados?

En general, las vacaciones no se pueden sustituir por dinero, a menos que se acabe la relación laboral (por ejemplo, cuando te despiden, renuncias o termina el contrato). En ese caso, la empresa sí debe compensarte económicamente por los días que no disfrutaste.

Esto quiere decir que si vas a terminar tu contrato y te quedan días de vacaciones sin usar, sí tendrán que pagártelos en la liquidación (lo que comúnmente llamamos finiquito).

Pero, aunque existen estas excepciones que permiten trasladar los días de vacaciones sin disfrutar más allá del año natural, lo más recomendable es anticiparse para evitar problemas.

Planifica tus vacaciones con tiempo: Acuerda con la empresa cuándo vas a coger tus vacaciones, para no dejar días pendientes que puedan perderse.
Revisa tu convenio colectivo: Algunos establecen condiciones más flexibles sobre la acumulación de días o fijan plazos adicionales para disfrutarlos.
Guarda las comunicaciones por escrito con la empresa: Especialmente aquellas en las que te informan por escrito de tus días pendientes y las fechas. Así tendrás pruebas por si hay  conflicto.
Consulta con recursos humanos o un asesor laboral: Si, pese a todo, tienes dudas concretas sobre tu caso busca orientación profesional.

Empleos que te pueden interesar


Ofertas de internet
Ofertas de profesionales, logística y oficios
Ofertas de comercial y ventas
Ver más ofertas
Ofertas de administración de empresas
Ofertas de tecnología e informática
Ofertas de legal
Ver más ofertas

Entradas relacionadas


¡Encuentra formación a tu medida!

Sigue a Infoempleo

 

 

Exit mobile version
Exit mobile version