Hace unos días, la Seguridad Social anunció que algunos autónomos tendrán que devolver las bonificaciones que recibieron por paternidad. La reforma del Estatuto del Trabajador Autónomo, que entró en vigor en enero, posibilita esta reclamación de las ayudas económicas. En algunos casos, la cuantía a reclamar puede ascender hasta los 5.000 euros. Se correspondería con las cuotas que no pagaron en las 16 semanas de baja por paternidad. Es decir, cuatro meses completos de sus cotizaciones.

La noticia ha generado mucha confusión y alarma entre los autónomos. Por eso, hoy queremos dar respuesta a algunas de las preguntas que se están planteando.

¿Hay que devolver las bonificaciones por paternidad?

El Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero modificará a partir del 1 de septiembre los incentivos en las cuotas a la Seguridad Social. La norma señala que solo se bonificará el 58% de la cotización total de los empleados por sustitución durante una baja por riesgo de embarazo o nacimiento de un hijo. Limitando, como novedad, la edad del trabajador o trabajadora que se puede contratar para poder sustituir a otro a un máximo de 30 años.

Por lo tanto, si eres trabajador autónomo y te has beneficiado de esta ventaja en los últimos cuatro años, puede que debas devolver las bonificaciones por paternidad. La Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) ha lanzado un importante mensaje que afecta a todos los trabajadores autónomos que cotizan en el RETA,  y que fueron padres antes de diciembre de 2022.

Ahora están obligados a devolver la prestación por paternidad, que puede ser de hasta 5.000 euros, en algunos casos.

¿En qué casos hay que hacer la devolución?

La norma solo se refiere a los trabajadores y autónomos que hayan tenido contratos de sustitución de interinidad. Entre los autónomos a los que ahora la Seguridad Social reclama esas bonificaciones por paternidad se encuentran tanto los trabajadores autónomos que disfrutaron de un permiso por nacimiento, adopción, riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia entre 2019 y 2022. Como quienes optaron por dividir el permiso de paternidad en periodos de dos semanas durante el primer año de vida del hijo.

Todos ellos están en riesgo de ser sancionados. En el caso de serlo, tendrían que devolver las cuotas que no pagaron durante su permiso de paternidad.

¿De qué cuantía estamos hablando?

Las ayudas económicas reclamadas por la TGSS corresponden a las cuotas que los autónomos no abonaron en esos cuatro meses de baja por el cuidado de los hijos. Si se tiene en cuenta que esa cuota mínima mensual era cercana a los 300 euros entre 2021 y 2022, las cantidades mínimas que tendrían que pagar rondan los 1.200 euros.

A esto habría que sumar el recargo por el tiempo transcurrido. En el caso de que esa persona cotice a la Seguridad Social por la base máxima, la cuantía puede llegar a ascender hasta los 5.000 euros por todo el periodo de la bonificación por paternidad.

¿Cómo funcionaban las bonificaciones por paternidad antes de esta reforma?

Antes de la entrada en vigor de la Reforma del Estatuto del Trabajador Autónomo, en enero de 2023, estaba establecida una bonificación del 100% de las cuotas para autónomos que fueran padres, y era aplicable si el periodo de descanso duraba un mínimo de un mes. Ahora esto también ha cambiado. Y es posible fraccionar ese tiempo cuando dure menos de 30 días.

Desde 2021 la bonificación por paternidad/maternidad puede disfrutarse durante un máximo de 16 semanas. El principal objetivo de esta medida es que tanto el padre como la madre puedan estar de baja paternal o baja por maternidad cuidando del recién nacido. De ese total de cuatro meses, 10 semanas pueden cogerse en periodos divididos.