Como sabemos, la relación entre los conceptos de salud y trabajo es siempre muy estrecha. El primero está indiscutiblemente influenciado por el segundo. Por ese motivo, nos preguntamos si, por ejemplo, debe la empresa pagar las gafas o lentillas de sus empleados. Sobre este hecho tan concreto existe ya una sentencia firme del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En este artículo te contamos su contenido y las implicaciones que tiene.
¿Debe una empresa pagar las gafas o lentillas de sus empleados?
Un empleado rumano denunció que al trabajar diariamente frente a la pantalla estaba sufriendo un claro deterioro de su visión. Concretamente, solicitó a su empresa que le devolviera el coste de las gafas que había tenido que renovar por prescripción médica. Su petición fue denegada por la compañía y, posteriormente, por la justicia rumana. El caso fue pasando por diferentes instancias judiciales hasta que llegó al Tribunal de Justicia de la UE. Y éste emitió una sentencia histórica a su favor el pasado 22 de diciembre de 2022, en la que dictaminó que la empresa si debía pagarle las gafas.
Esta sentencia ha creado jurisprudencia para todos los países miembros, que ahora deberán incorporar esta directiva a sus normativas nacionales correspondientes. No obstante, lo que ya es seguro es que las empresas deberán cumplir con este requerimiento, y que pueden hacerlo de alguna de estas dos formas:
- Abonando al trabajador el coste de las gafas o lentillas
- Reembolsando dichos costes a posteriori
Sea como fuere, la sentencia también establece que el abono no se podrá realizar nunca bajo el formato del complemento salarial de carácter general. Veremos cómo afecta esta misma sentencia a otros gastos personales que puedan derivarse de la actividad laboral, para evitar que deriven a la larga en accidentes o enfermedades profesionales.
Sin embargo, es importante destacar que se deben cumplir dos requisitos: hay que demostrar que las gafas son necesarias médicamente, y debe quedar claro que el problema tiene que ver directamente con las condiciones de trabajo, y no con otras circunstancias ajenas al mismo. Sin embargo, y para demostrarlo, la empresa no podrá exigir un reconocimiento médico, salvo en casos en los que exista algún tipo de duda justificable. No obstante, someterse a un examen médico previo podría ser más que recomendable si un trabajador quiere reclamar este derecho en el futuro.
Algunos consejos básicos si trabajas con pantallas
Más allá de exigir a la empresa que cumpla con la responsabilidad que le corresponde respecto a las condiciones de luminosidad, de los equipos o los medios con los que trabajamos, también está en nuestra mano cuidar de nuestros ojos.
Algunas de las sencillas decisiones que podemos adoptar para prevenir problemas visuales serían las siguientes:
- Distancia y ergonomía: mantener la distancia correcta respecto de la pantalla de trabajo en función del tamaño de la misma, la duración de nuestra exposición y las condiciones de luminosidad con las que contamos.
- Alternancia de tareas: siempre que sea posible y nuestra actividad nos lo permita, es conveniente cambiar de tareas de forma constante, para evitar una exposición excesiva a la luz de la pantalla.
- Pausas frecuentes: otra medida importante que nos ayudará a relajar la vista de la exposición lumínica. Salir a la calle o caminar a otro despacho, puede ser suficiente. En estas pausas debemos evitar, por supuesto, el contacto con otro tipo de pantallas, como son las de los dispositivos móviles.
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