La repentina bajada del IRPF aprobada por el Consejo de Ministros hace unos días ha planteado muchas dudas sobre cómo aplicarla. Esta nueva medida sustituirá a la que estaba en vigor, que se aprobó con la reforma de la ley fiscal a principios de año. Te contamos cómo afectará a las nóminas a partir de ahora y qué repercusión tendrá sobre los autónomos.

Los nuevos gravámenes se aplicarán con carácter retroactivo desde principio de año. Se hará de la siguiente manera: por un lado, se retendrá en las nóminas de julio a diciembre lo que indica la nueva modificación; por otro lado, se añadirá a estas nóminas la diferencia que resulte de aplicar la retención de enero a julio.

Las retenciones varían en función de lo que se gane anualmente, de la situación familiar y laboral, y de otras circunstancias como discapacidad o familiares a cargo. Ya a principios de año se redujeron los tipos de gravamen. Así han quedado tras aplicarse la nueva medida:

  • Para los que ganan hasta 12.450 €/año, el tipo se reduce del 20% al 19,5%. Esta franja será la que menos note la reforma. Entran dentro de este grupo gran parte de los pensionistas. Los que no tienen obligación de retenciones por IRPF no verán ningún aumento en sus pensiones. Los que cobren el máximo de este tramo tampoco notarán mucho la diferencia. Unos 5 € anuales.
  • Para los que ganan de 12.450 a 20.200 €/año, el tipo se reduce del 25% al 24,5%. Pongamos el ejemplo de Pedro, que gana 20.000 €/año, es soltero, sin hijos ni familiares a su cargo, y sin una hipoteca que le desgrave. A final de 2015 habrá cobrado unos 56 € más. Su nómina aumentará mensualmente 4,6 €, a lo que habrá que sumarle los 4,6 € mensuales de los meses de enero a julio. Si le aplican la subida desde el mes de julio, cobrará 9,2 € más al mes en lo que resta de año.
  • Para los que ganan de 20.200 a 35.200 €/año, el tipo se reduce del 31% al 30,5%. Si continuamos con el ejemplo de Pedro, en el caso de que cobrase 30.000 €/año, su nómina aumentaría 8,5 €/mes, el doble si se le aplica la subida desde principios de año. En total, la bajada del IRPF le habría supuesto 102 € más a finales de 2015.
  • Para los que ganan de 35.200 a 60.000 €/año, el tipo se reduce del 39% al 38%, es decir, un punto completo en lugar de medio como en los tres primeros casos. En esta franja se adelanta el tipo que estaba previsto aplicar en 2016. Si Pedro cobrara el máximo de este tramo, al año le supondría 354 € más.
  • Para los que ganan a partir de 60.000 €/año, el tipo también se reduce un punto, del 47% al 46%. A un ingreso mensual de 100.000 €/año le puede llegar a suponer una subida anual de 760 €.

Cómo afecta a los autónomos

La modificación aprobada baja la retención de IRPF de los autónomos del 19% al 15%. Este tipo de gravamen, que solo se aplicaba a los autónomos que ingresaran menos de 15.000 €/año, ahora se extiende a todo el colectivo. Si el autónomo se encuentra en los tres primeros años de actividad, la retención se reduce del 9% al 7%.

Los autónomos deberán aplicar la nueva retención en las facturas que hayan emitido a partir de la publicación de la nueva medida en el BOE, el día 12 de julio.