¿Sabes cómo funcionan los periodos de prueba al empezar un nuevo empleo? Entender qué son, cómo se regulan, y cuáles son tus derechos y obligaciones durante este tiempo es fundamental, para garantizar que todo esté en regla y acorde a la normativa vigente. Dependiendo del tipo de contrato, tu formación o incluso el puesto que ocupes, pueden variar. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre los periodos de prueba.

¿Qué son y qué características tienen los períodos de prueba?

Los períodos de prueba son lapsos de tiempo generalmente definidos en los convenios colectivos. En ellos, tanto la empresa como el trabajador contratado analizan la conveniencia o no de la relación laboral que se acaba de iniciar.

Es decir, la empresa evalúa si el trabajador es apto para el puesto, y el empleado decide si la empresa y las funciones que lleva a cabo se ajustan a sus deseos y necesidades laborales. Por tanto, tiene que ver con una toma de decisiones respecto a la adaptación al puesto desde un punto de vista bidireccional, y no tanto con la evaluación del desempeño unilateral que se pueda realizar desde la dirección.

Una de las características principales de este período es la posibilidad de romper la relación laboral durante el mismo, sin la obligatoriedad de preavisar con antelación a la otra parte interesada.

Algunas de las principales características del período de prueba vienen recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, y son las siguientes:

  • Se suele expresar por escrito en el contrato de trabajo.
  • La duración del mismo la establecerá el convenio colectivo en vigor.
  • Si no existe una definición concreta en el convenio, se estipulan los siguientes tipos de periodo de prueba:
    • 6 meses en el caso de técnicos titulados.
    • 2 meses para el resto de trabajadores.
    • 3 meses para los trabajadores que no son técnicos titulados, siempre que la empresa tenga menos de 25 trabajadores.
    • 1 mes en los contratos temporales
  • Si el trabajador ya ha realizado la misma actividad en la misma empresa con anterioridad, no se podrá estipular dicho período de prueba.
  • Una vez finalizado este período sin que ninguna de las partes hubiera decidido dar por finalizada la relación laboral, dicho período de prueba computará a efectos de antigüedad en la empresa.

Otras consideraciones particulares que debes conocer

Es importante recordar que, a pesar de estar en período de prueba, este trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro empleado. También, por supuesto, las mismas obligaciones.

No obstante, si la relación contractual se rompe voluntariamente durante el período de prueba por alguna de las dos partes, el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización. Sí que tendrá derecho a la parte correspondiente a las vacaciones devengadas, y que serán incluidas en el finiquito.

Excepcionalmente, además, el período de prueba se puede interrumpir en algunos casos puntuales, como los de incapacidad temporal, nacimiento o adopción, acogimiento violencia de género o riesgo durante el embarazo, entre otros.

La normativa también contempla algunas situaciones especiales como, por ejemplo, si una trabajadora en periodo de prueba queda embarazada. Según se estipula en el Estatuto de los Trabajadores,  la empresa no puede dar por finalizada una relación laboral, desde el inicio del embarazo y hasta el período de suspensión del contrato indicado en el artículo 48. Esta norma también se aplica a las personas que están en periodos de prueba.