Para el cómputo de la antigüedad laboral hay que empezar por revisar la primera nómina. Además de los días de trabajo efectivo, debes contabilizar los períodos entre contratos fijos discontinuos. La inclusión de cualquier plus salarial viene determinada por el convenio colectivo de tu sector. Y a la hora de una indemnización por despido improcedente, la jurisprudencia contabiliza también las primeras relaciones laborales por ETT o en prácticas que no sean como becario.

¿Cómo calcular la antigüedad laboral de un trabajador?

Aunque puede parecer una cuestión sencilla, la de tu antigüedad laboral como trabajador es un problema con muchas aristas. En lo que hay acuerdo, y así viene recogido en la ley, es en que el tiempo efectivo de trabajo para una empresa se contabiliza como antigüedad de ese contrato. Ahora bien, en los empleos fijos discontinuos, como puede ser en hotelería de temporada en verano, la regulación se ha ido construyendo a base de sentencias de tribunales.

Es cierto que este es un concepto progresivamente en desuso, pues cada vez ocurre menos que empieces en una empresa al salir de la universidad o de la formación profesional y te jubiles en la misma. Ni las empresas son así de sólidas, ni las expectativas del personal tan fieles. Lo habitual hoy día es cambiar de una organización a otra. Lógicamente, al finalizar el contrato de manera irreversible se cierra también el conteo de días para establecer la antigüedad.

Sin embargo, independientemente del contrato, es decir, tanto si es un contrato temporal como indefinido o incluso siendo contratado por ETT en un primer momento o de prácticas (excepto si es con beca), cada día trabajado cuenta. Y solo si el convenio colectivo del sector lo recoge, se traduce en un incremento salarial en nómina.

Empleado calculando su antigüedad laboral ante un despido

¿Qué importancia tiene para el despido?

La cuestión de la antigüedad laboral de un trabajador tiene importancia tanto en la nómina como a la hora de un despido improcedente. Hasta el 2012 se pagaban 45 días por año trabajado. Desde entonces, 33 días. Y desde las sentencias de 2020, se ha considerado que para tener derecho a determinados pluses salariales se debe tener en cuenta toda la relación laboral, y no sólo el trabajo efectivo. Sin embargo, esta jurisprudencia no se aplica en caso de despido.

Además, debes tener en cuenta que el hecho de que la empresa cambie de manos no puede afectar al salario que el trabajador venía percibiendo y, por tanto, el cómputo de la antigüedad no se interrumpe. Se sigue calculando de la misma forma en que se venía realizando hasta entonces, tanto para el pago del complemento salarial como para calcular la indemnización por despido.

Así, perderás la antigüedad en caso de dimisión o extinción de la relación laboral de mutuo acuerdo. O cuando la sentencia que declara el despido procedente sea firme. En caso de no estar conforme con la información facilitada por la empresa, al contrastarlo con tu nómina, podrás interponer una demanda ante la jurisdicción social para reclamarlo. (Previo paso por el acto de conciliación).