Si te estás planteando trasladarte a otro país, bien por motivos laborales o personales, debes saber que puedes llegar a perder la prestación por desempleo si estás cobrando el paro. Te contamos varias situaciones en las que esto podría suceder y cómo puedes tramitar de manera adecuada tu relación con el Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE.

Por otro lado, ten en cuenta también que puedes encontrar trabajo en el extranjero desde nuestro portal.

Comunícalo siempre y alude un motivo profesional para tu marcha

Incluso aunque salgas por menos de 15 días, el SEPE te recomienda que, si estás cobrando paro, lo avises. No hacerlo puede costarte el derecho a la prestación que estés recibiendo, ya sea el paro, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción (RAI). Tendrás que decirlo antes de irte y esperar a que el SEPE te lo autorice, si quieres mantener tus derechos.

Recomendamos que aludas siempre un motivo profesional. Es decir, que vas a buscar un trabajo o que vas para perfeccionarte como profesional (cursando determinados estudios, por ejemplo) o bien que te trasladas con un trabajo ya apalabrado. También puedes conservar la prestación si te marchas para realizar una acción de cooperación internacional.

Si tu motivo es otro, y pasas más de tres meses en el extranjero, perderás el derecho a cobrar la prestación.

Contactando con el SEPE para seguir cobrando el paro a la vuelta del trabajo

El tiempo que estés fuera influye a la hora de perder el paro

Si estás cobrando una prestación y te marchas, esta se interrumpe. Aunque hay algún caso que veremos más abajo en el que puedes seguir cobrándola. Dependiendo del tiempo que estés fuera, cuando vuelvas podrás reanudarla o no. Eso sí, siempre que continúes en situación de desempleo a tu regreso.

  • Menos de 15 días. Pueden ser continuados o no, durante un año. Podrás mantener la prestación sin interrupciones si has podido cumplir con las obligaciones con el SEPE, como sellar el paro.
  • De 15 a 90 días. En este caso la prestación se suspende y podrás reanudarla a tu vuelta.
  • 6 meses o más. Si lo que estás percibiendo es la RAI, podrás reanudar el cobro solo en caso de que vuelvas antes de 6 meses. Si tardas más, se extinguirá.
  • 1 año o más. Podrás reanudar la prestación contributiva o el subsidio por desempleo si vuelves antes del año. En caso de que pase ese tiempo, se extinguirá tu derecho a seguir cobrando la prestación cuando vuelvas.

Seguirás cobrando la prestación si emigras a la UE, el EEE o Suiza

Como te hemos avanzado, puedes marcharte al extranjero y seguir cobrando la prestación hasta que consigas un empleo. Esto sucederá si te instalas en un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza. Tendrás el derecho a recibirla durante tres meses, que se pueden prorrogar hasta seis.

Para hacerlo, tendrás que solicitar al SEPE la autorización de desplazamiento, el documento U2, e inscribirte como demandante de empleo en el país al que te trasladas.

Cobrar el subsidio por desempleo si eres emigrante retornado

Aunque no tuvieras derecho a paro o a cualquier otro tipo de ayuda antes de marcharte, cuando vuelvas puedes solicitar el subsidio por persona emigrante retornada si vienes de un país que no pertenezca a la UE/EEE ni a Suiza. O también puedes solicitar la RAI, independientemente del país del que vuelvas.

Si te fuiste, cumplías con las condiciones para solicitar paro o subsidio por desempleo y no lo solicitaste entonces, puedes solicitarlo a la vuelta.