Tanto la prórroga de los ERTE como la actualización del complemento de 378 euros por maternidad, que se han propuesto entre los meses de enero y febrero, quedaron definitivamente aprobadas ante el Congreso la semana pasada. Los dos decretos en que se apoyan serán tramitados como proyectos de ley. Te contamos en qué te afectan y cómo preservan o mejoran tu situación.

Hasta cuándo se prorrogan los ERTE

Han quedado prorrogados hasta el 31 de mayo los ERTE basados en el Real Decreto-ley 8/2020 y los que se previeron por limitación de la actividad a partir del pasado 1 de octubre. Además, se pueden solicitar nuevos ERTE por impedimento o limitación de la actividad.

Para los trabajadores (como ya sabrás si has pasado por un ERTE en este tiempo), esto supone que cobrarán una prestación del 70% de la base reguladora, teniendo en cuenta la base por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados. Este es el mínimo legal, pero puede que tu prestación quede aumentada en función de que tengas hijos o no. También hay establecido un máximo de prestación que puedes cobrar a través del SEPE. Ahora bien, puede que tu empresa haya negociado con vosotros complementar la prestación hasta completar la cuantía de tu salario habitual, ahí no hay un límite fijado.

Otras prórrogas que quedan aprobadas ante el Congreso

Otras prórrogas que han quedado fijadas mediante el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo son las siguientes:

  • Prestación por cese de actividad y otras ayudas dirigidas a autónomos.
  • Subsidios para el sector cultural.
  • Plan Me Cuida, que da derecho a solicitar una adaptación de la jornada o a una reducción para el cuidado de cónyuge, pareja de hecho, hijos, hermanos, abuelos o nietos por causa de las medidas sanitarias frente al COVID-19.
  • Contratos de arrendamiento y el aplazamiento temporal en el pago de la renta a los arrendatarios en situación de vulnerabilidad económica.

complemento de 378 euros anuales

Complemento por maternidad

El otro real decreto aprobado por el Congreso la semana pasada es el que añade un complemento de 378 euros anuales por hijo a la cuantía de la pensión por jubilación. Este complemento por maternidad entró en vigor en 2016, pero hasta ahora solo se podía cobrar a partir del segundo hijo y la cuantía dependía de un porcentaje variable que se aplicaba en función del número de hijos que se hubieran tenido. Ahora la cantidad es fija y cuenta cada hijo que se ha tenido.

Por otro lado, esta medida antes iba dirigida solo a las madres, pues el sentido de esta ayuda es paliar los efectos de la brecha salarial que provoca que las mujeres cobren un 30% menos de jubilación que los hombres. Ahora la medida la podrán solicitar también los padres si su carrera profesional quedó más afectada que la de la madre cuando nacieron los hijos.

Otro cambio con respecto al complemento que se cobraba antes es que podrán solicitarlo también las mujeres que se jubilaron de manera anticipada.