Seguro que alguna vez te han pedido en el trabajo que hagas tareas que no son las tuyas. Puede que no te hayas negado por no quedar mal, por compañerismo, o simplemente porque pensaste que “no pasaba nada”. Pero… ¿sabías que eso tiene nombre y está regulado por ley? Se llama movilidad funcional, y conocer cómo funciona puede ayudarte a proteger tus derechos.

¿Qué es exactamente la movilidad funcional?

La movilidad funcional permite a la empresa asignar a los trabajadores la realización de tareas distintas a sus funciones ordinarias, siempre que existan razones técnicas u organizativas. Por ejemplo, imagina que trabajas como administrativo en una oficina, y un día tu jefe te pide que durante un tiempo ayudes al equipo de atención al cliente. Sigues en el mismo puesto, sin cambiar tu contrato, pero haces algo diferente a las funciones para las que fuiste contratado inicialmente.

En otras palabras, la movilidad funcional hace posible que la empresa pueda pedirte que hagas tareas distintas a las habituales, sin que eso suponga un cambio de puesto o de contrato. Pero hay límites. Vamos a ver cuáles son.

Tipos de movilidad funcional

Existen dos tipos principales de movilidad funcional:

🔄 Movilidad horizontal

Es la más común. Se trata de cambios de tareas dentro del mismo grupo profesional. Por ejemplo, si eres camarero y te piden que ayudes en la barra o en el office, siempre que esas tareas estén dentro del grupo profesional de hostelería. Son funciones parecidas, sin subir ni bajar de categoría.

Este tipo de movilidad es legal y no requiere cambios de contrato ni de salario, siempre que se respeten tus condiciones básicas.

⬆️ ⬇️ Movilidad vertical

Aquí hablamos de cambios a funciones de un grupo profesional distinto, ya sea superior o inferior. Por ejemplo:

  • Si te piden hacer tareas propias de un jefe o técnico superior, tienes derecho a cobrar el salario de ese puesto mientras realices esas funciones.
  • Si te hacen hacer tareas de un nivel inferior, solo puede ser de forma temporal y justificada, y no pueden bajarte el sueldo por ello.

Este tipo de movilidad tiene límites más estrictos y solo puede hacerse de manera excepcional, y con una justificación concreta (como necesidades organizativas urgentes o causas técnicas).

¿Qué dice la ley sobre la movilidad funcional?

La movilidad funcional está regulada por el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Según este artículo, deberías tener en cuenta lo siguiente:

  • La empresa puede cambiarte de funciones si hay razones técnicas, organizativas o de producción.
  • El cambio debe hacerse dentro del grupo profesional que indica tu contrato o convenio colectivo.
  • Si te asignan funciones de un grupo superior, tienes derecho a recibir el salario correspondiente mientras desempeñes esas funciones.
  • Si las tareas asignadas son de un grupo inferior, debe ser algo temporal y excepcional, y no puede implicar una rebaja de salario.

Además, la empresa tiene que respetar tu dignidad, y no puede usar la movilidad funcional como una forma de castigo o discriminación.

movilidad funcional

¿Qué tareas puedes hacer y cuáles no?

Todo depende del grupo profesional al que perteneces, algo que debe estar reflejado en tu contrato o en el convenio colectivo de tu empresa o sector. Ahí se especifican las funciones típicas de tu categoría profesional.

Puedes hacer:

  • Funciones que estén dentro de tu grupo profesional.
  • Tareas similares a las que haces normalmente, si no implican una modificación sustancial de tus condiciones.

No deberías hacer:

  • Tareas de un grupo inferior durante mucho tiempo o sin motivo.
  • Funciones de nivel superior sin el salario correspondiente.
  • Cambios permanentes de función sin modificación de contrato o acuerdo.
  • Actividades para las que no estás formado si suponen riesgos laborales.

¿Qué pasa si la empresa no cumple con estos límites?

Si como trabajador sientes que estás haciendo tareas que no te corresponden, o que te están cambiando de funciones de manera injustificada, puedes reclamar. Algunas acciones que puedes tomar:

  • Hablar con tu delegado sindical o representante legal de los trabajadores.
  • Pedir por escrito que te aclaren las funciones que estás desempeñando y su justificación.
  • Acudir a la Inspección de Trabajo si consideras que tus derechos están siendo vulnerados.
  • Consultar con un abogado laboralista o acudir a los servicios jurídicos del sindicato si estás afiliado.

¿Y si los cambios se mantienen durante mucho tiempo?

Si el cambio de funciones que te asignan en la empresa es importante y se mantiene en el tiempo, podría considerarse una modificación sustancial de tus condiciones de trabajo. En ese caso, la empresa está obligada a comunicártelo por escrito con una antelación mínima de 15 días. Ante esa notificación, tú tienes derecho a aceptar el cambio, rechazarlo o incluso solicitar la extinción de tu contrato con una indemnización, si así lo consideras necesario.

Además, es fundamental saber que no pueden obligarte a realizar tareas que impliquen un riesgo para tu salud o integridad física, especialmente si no has recibido la formación adecuada para llevarlas a cabo de forma segura.

Por último, la movilidad funcional nunca debe utilizarse como una forma de castigo, represalia o degradación. Cualquier cambio de funciones debe respetar tu dignidad como trabajador y estar justificado por motivos técnicos u organizativos, no por razones personales ni arbitrarias.