A partir del próximo 12 de mayo las empresas tendrán la obligatoriedad de llevar un registro de la hora de entrada y de salida de quienes trabajan. Gracias a un decreto-ley aprobado a escasos días de las recientes elecciones legislativas el Gobierno ha lanzado un paquete  de medidas dirigidas a combatir la precariedad laboral interviniendo en varios aspectos. Uno de ellos, acabar con el impago de las horas extra trabajadas.

¿Cómo reclamar horas extra?

En el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (ET) se describen las condiciones de lo que debe ser una jornada laboral, sus tiempos de descanso, duración máxima, etc. Con la inclusión de un nuevo punto, el número 9, se introduce la obligatoriedad de que las empresas lleven un registro de las horas de entrada y salida de cada trabajador. Hasta ahora, en caso de que un trabajador se viera obligado a reclamar horas extra no pagadas (o compensadas) no podía demostrar de forma fehaciente que las había realizado porque se podría alegar que no se tenía registro de ellas sin que hubiera mayores consecuencias para el empleador.

Las horas extra son aquellas que se realizan por encima de las cuarenta horas semanales en cómputo anual . Con esta medida se conseguiría, entre otras cosas, que si un trabajador demandara a la compañía para la que trabaja por el impago de horas extra que hubiera realizado el juzgado podría reclamar esta anotación para comprobar si el demandante tiene razón.  La medida tendría varias aplicaciones. Serviría tanto para sancionar como para disuadir y sensibilizar sobre este tipo de fraude.

Del total de denuncias que se recibieron en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por incumplimientos por parte de las empresas durante el 2018 un 35% tenían que ver con el tiempo de trabajo.

¿Pueden pagarme las horas extra en tiempo?

Todas aquellas horas trabajadas que exceden la duración máxima de la jornada ordinaria se consideran horas extraordinarias. Está establecido por ley que no pueden realizarse más de 80 anuales. Si se hacen más horas, tendrá que ser de forma voluntaria, salvo acuerdo de forma individual o por convenio. Este tiempo podrá ser tanto remunerado como compensado por un tiempo de descanso equivalente y retribuido. La remuneración de una hora extra nunca podrá hacerse por menos dinero que la hora ordinaria.

Según los datos de la EPA referidos a 2017 prácticamente la mitad de las personas (un 48%) que afirman hacer horas extra aseguran que no les son pagadas. Además de suponer una injusticia cometida con esos empleados se está dejando de ingresar a las arcas de la Seguridad Social cuantiosas cantidades.

¿Qué hacer si no me pagan horas extra?

Llevar anotadas todas las horas que se hacen por encima de la jornada laboral será imprescindible para poder iniciar los trámites para reclamar las horas extra, en el caso de que la empresa no las esté abonando (ni compensando por tiempo). Apuntar minuciosamente la fecha y horario en el que se estaban realizando el trabajo fuera de jornada es fundamental.

Las horas pueden reclamarse tanto si se está trabajando como si ya no se está en esa empresa. Eso sí, no podrá superarse el plazo de una año para exigir su pago desde que se trabajaron. En ambos casos habrá que reclamarlas, rellenando una papeleta de conciliación.

A esta negociación con la empresa se deberá llevar el máximo de documentación y pruebas que se dispongan para demostrar que se han realizado las horas que se reclaman. Comunicaciones por escrito, emails, grabaciones, testimonios de compañeros, etc. El juzgado por su parte podrá solicitar a la empresa que aporte un registro del horario pero la empresa no tenía, hasta ahora, gracias a las medidas incluidas en el decreto- ley, de aportarlas.

En caso de que no se llegue a un acuerdo se tendrá que demandar a la empresa e ir a juicio.