Hace unos días la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, presentó ante sindicatos y empresas la primera propuesta de lo que será el Estatuto del Becario. El Ministerio quiere lanzar esta medida con el objetivo de evitar que las empresas se aprovechen del trabajo sin remunerar de los becarios, y cubran puestos reales con lo que ya se llaman “falsos becarios”. ¿Qué puntos clave incluye esta propuesta del Gobierno?
Se va perfilando el Estatuto del Becario
Los becarios y becarias están considerados como personal en prácticas no laborales. Por un lado, las prácticas dan la posibilidad de acceder mejor al mercado laboral, pero por otro se hacen en unas condiciones de vulnerabilidad que requieren ser vigiladas por el riesgo de fraude.
El Estatuto del Becario incluirá por primera vez medidas como la obligación de pagar un sueldo mínimo a las personas becarias. Este mínimo tendrá que cubrir los gastos de desplazamiento y manutención que el becario o becaria tengan que hacer por su actividad en la empresa.
Otra propuesta que contiene el borrador de esta noma es que tengan derecho a vacaciones y descansos como el resto de la plantilla. De hecho, contempla que se tenga derecho a los mismos servicios de los que disfrutan el resto del personal de la empresa.
Todos estos puntos había sido ya propuestos o anunciados meses atrás. La novedad que se presenta en estos días es la limitación del número de personas becarias que pueden coincidir en las empresas según su tamaño:
- Uno a 10 empleados, solo podrá haber una persona becaria.
- De 11 a 30 empleados, el número aumenta hasta dos becarios o becarias.
- De 31 a 59, podrán ser tres.
- En caso de que la plantilla supere los 60 empleados, solo un 5% podrán ser becarios.
A esto se suma la calidad de la tutorización, que se quiere controlar añadiendo un límite de becarios por tutor. No podrán tutorizar a más de cinco a la vez.
Aunque se menciona en el texto propuesto, queda pendiente definir las compensaciones y «estímulos» que las empresas recibirán por acoger a becarios y becarias. Este es un punto importante a la hora de conseguir el acuerdo con las empresas.
¿Qué relación tienen los becarios con la empresa?
Los becarios no tienen una relación laboral propiamente dicha con la empresa. No hay un contrato laboral, ni tampoco un salario sujeto a los derechos reflejados en el Estatuto de los Trabajadores. Hace tiempo que se quiere que coticen a la Seguridad Social; sin embargo, a día de hoy solo los que cobran algo por parte de las empresas están cotizando. Con el nuevo Estatuto del Becario también se quiere que el tiempo de prácticas cuente a la hora de cobrar la prestación por desempleo, pero todavía no está bien definida esta medida.
Lo que sí está detallado es una condición con la que se pretende que afloren los casos de falsos becarios. Si la actividad que desempeñan en la empresa no tiene una cualificación especial o bien si no está relacionada de una manera directa con los estudios de la persona, no podrá ser considerada como una actividad con “finalidad formativa”. Esto supone que no se podrá formalizar la relación como prácticas no laborales, sino que será considerada como una relación laboral a todos los efectos.
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