El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral, conocido popularmente como Estatuto del Becario. Su objetivo es regular las prácticas formativas en empresas, instituciones y organismos públicos o privados. El texto, que todavía no está aprobado en el BOE ni en vigor, tiene que tramitarse ahora en el Parlamento. Te contamos cómo cambiará la regulación del trabajo en prácticas en España cuando entre en vigor.
Adiós al término «Becario»
El texto del Anteproyecto de Ley, elaborado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, tiene por objetivo principal delimitar claramente qué son las prácticas formativas, evitar que se utilicen para sustituir puestos de trabajo y reconocer nuevos derechos a quienes las realizan.
Uno de los primeros cambios que propone el anteproyecto es el abandono del término «becario». A partir de ahora, se hablará de «personas en formación práctica no laboral».
Detrás de este cambio de nombre hay una intención clara: dignificar la figura del estudiante en prácticas, y alejarla de la idea de precariedad o trabajo gratuito. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha recalcado la importancia de regular las condiciones de «los mal llamados becarios o becarias, que durante años han ocupado puestos estructurales en empresas bajo la etiqueta de becarios, sin salario ni derechos».
Este colectivo suma más de 1.655.000 personas en España. «Aproximadamente, una de cada diez personas asalariadas en nuestro país está en esta situación, no son una anécdota», ha señalado la titular de Trabajo.
Qué regula el Estatuto del Becario
Esta norma, conocida popularmente desde hace dos años como Estatuto del Becario, establece las condiciones bajo las cuales se podrán realizar prácticas formativas en empresas o entidades sin ánimo de lucro. Estas prácticas estarán vinculadas a:
- Estudios del sistema de Formación Profesional.
- Enseñanzas artísticas o deportivas.
- Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
- Y prácticas universitarias, tanto curriculares (obligatorias) como extracurriculares (voluntarias).
Esto significa que solo las prácticas vinculadas a una formación oficial estarán amparadas por esta norma. Cualquier otra actividad que no cumpla con estas condiciones podrá ser considerada relación laboral, con todos los derechos que ello conlleva.
Delimitación clara entre prácticas y trabajo
Uno de los puntos más importantes del Anteproyecto de Ley del Estatuto del Becario es la delimitación entre actividad formativa y el trabajo real.
Para que sea considerado una formación práctica no laboral, debe existir una vinculación directa entre la entre la actividad desarrollada en la empresa y las competencias del itinerario formativo al que se asocia la práctica. Pero, en ningún caso, esta formación debe sustituir las funciones de una persona trabajadora por cuenta ajena.
De esta manera, se protege a los estudiantes frente a los llamados «falsos becarios», una figura frecuente en muchos sectores donde se utilizaban las prácticas para cubrir necesidades laborales a bajo coste.
Además, el Estatuto deja claro que las prácticas no podrán ser de pago para el estudiante. Es decir, que las empresas no podrán cobrar por ofrecerlas ni exigir contraprestaciones económicas.
Nuevos derechos para las personas en prácticas
El nuevo Estatuto del Becario amplía de forma significativa los derechos de quienes realizan prácticas no laborales. Entre los más relevantes destacan:
- Compensación de gastos: la empresa deberán cubrir los costes que el estudiante tenga por su actividad (como transporte, comida o alojamiento), salvo que ya reciba una ayuda o beca que lo haga.
- Derecho al descanso: se establecen límites de jornada y descansos iguales a los de los trabajadores de la empresa. No se podrán hacer prácticas en horario nocturno ni a turnos, salvo casos excepcionales.
- Acceso a los servicios del centro de trabajo, como comedor, zonas de descanso o aparcamiento.
- Tutorización obligatoria: cada estudiante contará con una persona tutora en la empresa y otra en el centro formativo. Ningún tutor podrá tener a más de cinco personas en formación al mismo tiempo (tres si la empresa tiene menos de 30 empleados).
- Límites al número de becarios: el número total de personas en formación no podrá superar el 20% de la plantilla del centro de trabajo.
- Protección frente al acoso y la violencia: se aplicarán las mismas medidas que para el resto de la plantilla.
- Seguridad y salud laboral: la empresa deberá garantizar formación en prevención de riesgos y no podrá asignar tareas peligrosas salvo casos muy justificados.
- Cobertura de la Seguridad Social: las personas en prácticas estarán incluidas en el sistema de Seguridad Social, tal como ya establece la normativa actual.
✅ El #CMin aprueba el Estatuto del Becario que regula las prácticas no laborales en empresas.
‼️ Establece de forma clara lo que es una relación laboral y lo que es una actividad formativa.
Os contamos todos los detalles 👇 pic.twitter.com/KleJ5Zyf9Z
— Ministerio Trabajo y Economía Social (@empleogob) November 4, 2025
Obligaciones de las empresas
Las empresas también asumen nuevas responsabilidades. Deberán firmar un acuerdo o convenio de cooperación con el centro formativo, donde se detalle:
- El plan de formación individual
- La duración y los horarios
- Las tareas concretas a realizar
- Los mecanismos de seguimiento y evaluación
- La compensación económica y los derechos de los estudiantes
Además, tendrán que informar a los representantes de los trabajadores sobre las condiciones de las prácticas y los tutores designados.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá ser sancionado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que contará con un régimen sancionador específico. Las multas por infracciones graves podrán alcanzar hasta 7.500 euros, y en los casos de discriminación, las sanciones podrán llegar a 225.000 euros.
El texto del Estatuto también prevé algunos incentivos para las empresas como las bonificaciones en la contratación de personas en formación práctica, y ayudas para compensar los costes de tutorización.
