Tener un coche y querer compartirlo para sacarle el máximo rendimiento cuando no lo usas fue la idea que inspiró la creación de plataformas como Uber o Blablacar. Por efecto de la crisis mundial de 2008, esta se fue convirtiendo en una vía de ingresos cuando el mercado laboral no podía proporcionar un trabajo a todo el mundo. ¿Cómo se ha pasado de ser alguien que comparte un coche a ser falso trabajador autónomo?
De plataforma que conecta a empleadora
Con el tiempo y los años de pérdida de empleos estas plataformas han proliferado a la vez que han perdido su carácter “colaborativo” (así empezaron llamándose) para convertirse en empleadoras sin apenas responsabilidades sobre el trabajo que derivan.
Actualmente, ofrecen servicios en un número cada vez mayor de ámbitos (cuidados de personas, arreglos en el hogar, redacción de contenidos) de forma que, lo que eran vías de ingresos ocasionales o complementarios, se ha convertido para muchas personas en trabajos sin límite de horas en los que, quienes los desempeñan, deben correr con los gastos del material que emplean para trabajar (bicicletas, motos) asumiendo todos los riesgos a los que deben exponer sus cuerpos (lesiones, contagios de enfermedades) por la nula protección que se les ofrece.
¿TRADE o falso trabajador autónomo?
La figura contractual que vincula a estos trabajadores con las empresas que les proporcionan trabajo es de tipo comercial (no laboral), al menos en muchas ocasiones. Es decir, son autónomos.
Sin embargo, las circunstancias de estos trabajadores distan mucho de lo que es un trabajador autónomo. El autónomo decide sobre el servicio que presta. Establece un precio por su trabajo, marca su propio ritmo y atiende a diferentes clientes. Gracias a lo cual, el hecho de perder uno de ellos no lo deja sin ingresos.
La situación de este tipo de «trabajadores de plataforma» podría parecerse más a la del autónomo que tiene un solo empleador. Cuando un autónomo, que por definición es independiente, presta sus servicios a una empresa y esta le aporta el 75% de sus ingresos se considera que el autónomo deja de ser independiente para ser dependiente. Es lo que se llaman TRADE (Trabajador Autónomo Dependiente). Esta figura tiene una especial protección con derechos y obligaciones específicos regulados por la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo.
Los riders son asalariados
A finales de septiembre de 2020 el Tribunal Supremo emitió una sentencia que marcó un antes y un después para los trabajadores representados por la figura del rider (repartidor). El alto tribunal consideró que los riders no eran trabajadores autónomos: entre la empresa (plataforma) que le proporciona los encargos y el propio trabajador existe una relación de tipo laboral. Lo que los convierte en falsos autónomos.
En marzo de 2021 se publicó la llamada Ley Rider, según la cual este tipo de trabajadores pasa a ser empleados asalariados de las plataformas que encargaban sus servicios. Esta ley ha abierto camino para regularizar la situación de repartidores. Sin embargo, hay muchas otras actividades donde las personas trabajadoras quedan desprotegidas ante la plataforma para la que trabajan.