A partir del 1 de octubre, se van a equiparar los contratos de media jornada a los de tiempo completo a la hora de calcular los tiempos trabajados. Las pensiones de los trabajadores se calcularán sobre la base de los días trabajados.
Este cambio en la legislación española viene determinado por una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y otra del Tribunal Constitucional. Casi tres millones de trabajadores se beneficiarán.
Nuevas reglas para la cotización de las pensiones, ¿Qué ha cambiado?
El pasado 16 de marzo el Congreso de los Diputados aprobó el Real Decreto-ley 2/2023, que tiene por objetivo mejorar los derechos de los pensionistas y reducir la brecha de género, así como asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones.
Entre las diversas medidas se encuentra la reforma del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social. Con la nueva redacción quedan equiparadas las “pensiones de jubilación, incapacidad permanente de esta normas estaba la reforma del, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor”.
Dicha reforma viene determinada por la doctrina que quedaba establecida por la sentencia 91/2019 del Tribunal Constitucional. Esta dictaba que el “coeficiente de parcialidad” que se venía aplicando hasta entonces para calcular los períodos cotizados por los trabajadores era discriminatorio. En concreto, vulneraba el principio de igualdad y constituía una discriminación indirecta por razón de sexo.
Por otro lado, en mayo de ese mismo año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió la sentencia C-161/18, que también incidía en la discriminación de trato hacia los trabajadores y las trabajadoras a tiempo parcial.
¿Qué colectivos se beneficiarán?
A día de hoy, casi tres millones de personas en España trabajan con contratos a tiempo parcial, según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). El 75% de esas personas son mujeres.
La abrumadora mayoría de mujeres en el trabajo parcial se debe a diversos factores estructurales de nuestra sociedad y el mercado laboral.
- En primer lugar, el rol asignado a la mujer la hace ser la principal responsable de la conciliación familiar. El cuidado de niños, ancianos y enfermos recae en ellas en la mayoría de las ocasiones, lo que les dificulta cumplir con jornadas de trabajo completas.
- En segundo lugar, en la mayoría de las empresas, los contratos a tiempo completo se reservan con preferencia a los hombres, lo que hace a las mujeres objeto de discriminación laboral.
Con el antiguo sistema de computo, que aplicaba el coeficiente de parcialidad, las mujeres trabajadoras acababan percibiendo pensiones de menor cuantía. De esta forma, se veían expuestas en mayor medida a la pobreza y la dependencia.
Ahora bien, aunque las mujeres sean las principales beneficiadas por este cambio, no son las únicas. Los jóvenes, que inician su vida laboral, también encuentran muchas dificultades para conseguir trabajos a tiempo completo y esto termina repercutiendo en el cómputo de sus cotizaciones.
Por otro lado, las personas que tienen algún tipo de discapacidad con otro colectivo que saldrá ganando con la reforma. Se trata de trabajadores que también se ven obligados a trabajar con frecuencia a tiempo parcial.
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