Organizar los días festivos con tiempo puede ayudar mucho a planificar tus vacaciones o saber tus días de descanso de antemano. Este año, como es habitual, en el calendario laboral de España contamos con 14 días festivos repartidos entre los nacionales, autonómicos y municipales. Los nacionales son comunes a todo el territorio; los autonómicos, tal y como su nombre indica, están dirigidos únicamente a la comunidad autónoma en cuestión, y los municipales tienen su delimitación asociada al municipio en el que se celebre.

A continuación, te desglosamos el calendario laboral de 2024, con festivos nacionales y puentes para que puedas organizarte con tiempo.

Festivos nacionales del calendario laboral 2024

Dentro de los festivos nacionales, y a falta de publicación oficial del BOE de este año, los 8 festivos comunes al territorio español ordenados por fecha, son:

  • 1 de enero (Año Nuevo).
  • 29 de marzo (Viernes Santo).
  • 1 de mayo (Día del Trabajo).
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen).
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España).
  • 1 de noviembre (Todos los Santos).
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución Española).
  • 25 de diciembre (Navidad).

El día 8 de diciembre de este año 2024 caerá en domingo, por lo que no contará como festivo nacional. Sin embargo, el día inmediatamente siguiente podrá ser asignado como festivo autonómico dependiendo de la decisión de cada comunidad.

Equipo poniéndose de acuerdo para coger vacaciones según el calendario laboral 2024

Festividades de cada Comunidad Autónoma

A los 8 festivos ya mencionados, debemos añadir los 4 festivos que son propios de cada comunidad autónoma. Las regiones pueden escoger, como normal general, los días: 6 de enero (Epifanía del Señor), 28 de marzo (Jueves Santo) y 9 de diciembre, por ser desplazado del 8 (Inmaculada Concepción), que cae en domingo. Aunque también pueden elegir fechas propias, como las dedicadas al día de su comunidad.

Así quedarían los festivos por comunidades:

Andalucía: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 20 de febrero (miércoles, Día de Andalucía), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Aragón: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 23 de abril (martes, Día de Aragón), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Asturias: Pendiente de determinar.

Baleares: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 1 de marzo (viernes, Día de las Islas Baleares), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua).

Canarias: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 30 de mayo (jueves, Día de Canarias).

Cantabria: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 25 de julio (jueves, Santiago Apóstol).

Castilla-La Mancha: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 30 de mayo (jueves, Corpus Christi), 31 de mayo (viernes, Día de Castilla-La Mancha).

Castilla y León: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 23 de abril (martes, Día de Castilla y León), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Cataluña: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 24 de junio (lunes, Sant Joan), 11 de septiembre (miércoles, Diada).

Ceuta: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 10 de abril (miércoles, final del Ramadán), 13 de junio (miércoles, San Antonio), 17 de junio (lunes, Pascua del Sacrificio), 5 de agosto (miércoles, Virgen de África)

Comunidad de Madrid: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 19 de marzo (martes, San José), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 2 de mayo (jueves, Día de la Comunidad de Madrid).

Comunidad Valenciana: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 19 de marzo (martes, San José), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 9 de octubre (miércoles, Día de la Comunidad Valenciana).

Extremadura: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 13 de febrero (martes, Carnaval), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Galicia: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 17 de mayo (viernes, Día das Letras Galegas), 25 de julio (jueves, Día da Patria Galega).

La Rioja: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 10 de junio (lunes siguiente a Día de la Rioja)

Melilla: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 10 de abril (miércoles, Fiesta Eid Fitr), 17 de junio (lunes, fiesta del Sacrificio Aid Al Adha), 17 de septiembre (martes, Día de Melilla), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Murcia: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 19 de marzo (martes, San José), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 9 de diciembre (lunes, Inmaculada Concepción).

Navarra: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 25 de julio (jueves, Santiago Apóstol), 3 de diciembre (lunes, San Francisco Javier).

País Vasco: 6 de enero (sábado, Epifanía del Señor), 28 de marzo (jueves, Jueves Santo), 1 de abril (lunes, Lunes de Pascua), 25 de julio (jueves, Santiago Apóstol).

Los 14 días festivos tienen carácter obligatorio, remunerado y no recuperable. Esto quiere decir que tienes derecho a poder disfrutar de ellos independientemente del sector en el que trabajes. Lo que sí debes tener en cuenta es que, dependiendo del tipo de contrato o convenio colectivo, puede que tengas que trabajarlo. Sin embargo, en ningún caso podrán ser sustituidos por compensación económica, sino por otro día libre de carácter no recuperable.