«Participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo». Esto es lo que la ley establece como condición obligatoria para poder acceder al subsidio de los 426 euros mensuales.
Esto, que ya queda especificado en la normativa que regula la concesión de esta ayuda, queda blanco sobre negro tras la reforma laboral, aprobada por el Gobierno el pasado mes de agosto. En el texto se especifica que es obligación del desempleado beneficiario del subsidio acudir a los cursos de formación del Servicio Público de Empleo, bajo riesgo de perder la prestación.
Hasta ahora, cobrar el subsidio de desempleo implicaba asistir a los cursos de formación organizados por el INEM, pero tal obligación tenía un periodo de gracia de 100 días, a contar desde el momento en el que comenzaba a percibirse una prestación. Pasado ese plazo, la inasistencia a los cursos podía implicar sanciones en el cobro del paro.
A partir de la nueva reforma laboral, los 100 días pasan a ser 30. Además, de una forma mucho más radical a como venía sucediendo hasta ahora, el incumplimiento será tenido en cuenta, por parte del Estado, como razón suficiente para quedarse sin subsidio de desempleo en cualquiera de sus modalidades, incluidos, evidentemente, los 426 euros.
La nueva normativa, no obstante, exige que la oferta formativa se ajuste al perfil de cada desempleado. Esto quiere decir, por una parte, que el parado puede negarse a acudir a un curso si éste no se corresponde con su trayectoria laboral y profesional. Por otro lado, implica que sólo en el caso de haber rechazado un curso en el área de competencia que le corresponda podrá tener lugar el cese del pago del paro.
¿Y cómo se establece ese perfil idóneo? Pues conforme a la vida laboral que, de cada trabajador, consta en los registros de la Seguridad Social, a toda ella, por lo que, a partir de ahora, el riesgo de verse obligado a asistir a cursos enfocados a actividades desempeñadas anteriormente se acrecienta.
1 Comentarios
David
Si no acudo a una selección de un curso de petición voluntaria del sepe, y no estoy cobrando ninguna prestación, me pueden sancionar? Gracias