El pasado miércoles 31 de julio, el Ministerio de Seguridad Social comunicó el cierre definitivo del nuevo pacto social referido a las pensiones. Gobierno, patronales y sindicatos ponen fin así a las negociaciones desarrolladas en torno a la regulación de la jubilación y a la reformulación de coeficientes y revisiones del sistema. La última reforma de la jubilación pretende redefinir y mejorar las condiciones recogidas en la jubilación activa y parcial para soportar el gasto. Un objetivo para el que las modalidades de retiro más flexibles y graduales serán clave.
¿Qué cambios supone la última reforma en la jubilación?
Los cambios recogidos en la reforma se fundamentan en la necesidad de ofrecer un sistema de Seguridad Social viable y sostenible a largo plazo. Reto para el que el Gobierno ha introducido medidas relacionadas con los periodos de cotización, la edad media de la jubilación y la actualización periódica del sistema. Una necesidad que se materializa en vista de la esperanza de vida de la población y la obligación de mantener una proporcionalidad entre prestación y contribución.
Se espera que estas nuevas políticas entren en vigor a finales de este mismo año. Y, aunque se introducen numerosos cambios, las tres grandes cuestiones a las que alude la reforma se recogen en las modalidades de jubilación parcial, la jubilación activa y la jubilación demorada.
Jubilación parcial
En esta modalidad se permite ampliar de dos a tres años la edad de petición. Por lo que, ahora, los trabajadores que quieran solicitarla tendrán otro año más en el que llevar a cabo la reducción progresiva de la jornada sin que esta interfiera en la cotización de su pensión.
Asimismo, los empleados que se incorporen a la empresa para cubrir las horas podrán optar a un contrato indefinido a jornada completa, a diferencia del contrato de relevo que se formalizaba anteriormente en estos casos.
Jubilación activa
En lo referente a la jubilación activa, se elimina el requisito principal de tener una carrera de cotización completa. Es decir, del derecho a cobrar el 100% de la base reguladora. Tras la reforma, la reducción de la jornada será compatible con los incentivos de demora, por lo que los porcentajes aplicables para aquellos que sigan trabajando en modalidad reducida se establecen en el 45% de la pensión durante el primer año, 55% en el segundo, 65% durante el tercero, 80% durante el cuarto y un 100% para los que atrasen la jubilación cinco años.
Jubilación demorada
Respecto a la jubilación demorada, el incentivo adicional cada doce meses se ha reducido a la mitad. Así, en la última reforma en la jubilación, se permite acceder a incentivos adicionales en periodos de seis meses una vez se hayan cumplido dos años desde el inicio del derecho a jubilación.
🔴La Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social alcanza un acuerdo para flexibilizar la jubilación, involucrar mejor a las mutuas en los tratamientos sanitarios y regular las profesiones penosas
✅Mejorar el tránsito del trabajo a la jubilación
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— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) July 31, 2024
Otros cambios y revisión del sistema
Uno de los cambios más destacados en la última reforma de la jubilación se materializa en la mejora de la cotización de los fijos discontinuos. En este sentido, el periodo de cotización de los trabajadores con esta modalidad de contrato se calculará en base a un multiplicador del 1,5.
Asimismo, la reforma de las bajas laborales permite que las mutuas cuenten con un papel más decisivo cuando se supere el tiempo de baja recomendado. De manera que los médicos de atención primaria podrán derivar a sus pacientes a estos organismos para la realización de diagnósticos o revisiones.
En cuanto al futuro del sistema de pensiones, la reforma define que, a partir del año 2027, se deberá revisar los parámetros aplicables en periodos de cinco años. Una medida que trata de marchar en base a la esperanza de vida de la población y que tiene como objetivo adecuarse a las necesidades de sostenibilidad requeridas.
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