La semana pasada se aprobó en Consejo de Ministros una serie de medidas cuyo objetivo es facilitar la conciliación de la vida laboral con la familiar. La aprobación de los nuevos permisos para facilitar la conciliación se han llevado a cabo in extremis. Se trata de un acuerdo de mínimos al que se ha llegado a muy pocas semanas de las elecciones.
El objetivo: mejorar la conciliación familiar y laboral
Estas medidas se han aprobado con cierta urgencia ante la imposibilidad de dar luz verde a la Ley de Familias que estaba previsto que se aprobara desde hace meses. Los dos partidos en el gobierno no han logrado llegar a un acuerdo para poner en marcha la ley al completo. Pero la intención de ambos siempre ha sido que se facilitara más la compatibilidad entre la vida laboral y la familiar.
Así pues, el espíritu de esta normativa era favorecer la conciliación para que llegue a más cantidad y tipos de familias, y durante más tiempo. Y este es el propósito también de las nuevas medidas que ya han entrado en vigor. Desde su la publicación en el BOE de las nuevas medidas de conciliación, el día 28 de junio de 2023, puedes beneficiarte de ellas.
¿Cuáles son los nuevos permisos para facilitar la conciliación aprobados?
Veamos los principales permisos aprobados, su duración y ámbito de aplicación.
Permiso de cuidados
Hasta antes de su aprobación, este permiso se limitaba a dos días por año en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización, e intervención quirúrgica sin hospitalización y con reposo. Actualmente se ha ampliado a cinco. También se ha ampliado su aplicación a familiares de hasta segundo grado, convivientes, parejas de hecho e incluso familiares consanguíneos de la pareja de hecho. Por supuesto, continúa siendo retribuido.
Por fuerza mayor
Se aplica en situaciones urgentes e imprevisibles, enfermedad o accidente que requiera la presencia inmediata de quien solicita el permiso. El ejemplo que ha puesto la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, es si tienes que acompañar a tus padres al médico porque se han puesto enfermos, o si tu hija o hijo ha pasado mala noche y tienes que quedarte en casa cuidándolo.
Este permiso es el que correspondía en caso de fallecimiento, pero que era de solo dos días y que ahora se amplía cuatro. Además, puede distribuirse en horas hasta alcanzar el total de los cuatro días. También se aplica a pareja de hecho y, como el anterior, es retribuido.
Permiso parental
Esta medida es una ampliación del permiso por nacimiento o acogida de un menor. Se podrá sumar al existente hasta 8 semanas más, y no tendrán que ser seguidas, podrán disfrutarse de forma continua o discontinua. Ten en cuenta que es intransferible, no se le puede pasar al otro tutor o progenitor, pues el propósito sigue siendo repartir las tareas de cuidados y que estos no se centren en la mujer. Eso sí, es importante que sepas que no es retribuido, se trata más bien de una excedencia, por decirlo de algún modo.
Parejas de hecho
Cuando se constituya una pareja de hecho, podrán disfrutar de los mismos 15 días de permiso retribuido que tiene cualquier pareja cuando se casa.
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