El Estatuto de los Trabajadores es la normativa que regula una sana relación entre empresas y trabajadores. Se entiende que estos últimos están en una posición de desventaja a la hora de defender sus derechos. Por eso se necesita que la ley los proteja. Aunque también regula obligaciones. ¿Quieres saber cuándo acudir al Estatuto de Trabajadores para resolver dudas?
Hay muchos detalles que no se incluyen en un contrato, pues el documento que habría que firmar sería más un tomo para guardar en una librería que el par de hojas que archivar en tu carpeta de documentación laboral importante. Pero eso no quiere decir que las empresas estén obligadas a cumplir solo con lo que aparece en el contrato, hay mucho más.
Y así lo reconoce la Constitución, que en su artículo 35 indica la obligación de guiarse por un estatuto de los trabajadores. En 1980 se publica en el BOE esta normativa, que se regula a través del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Puedes consultarlo en multitud de páginas solo con teclear su nombre en el buscador.
No todo el que trabaja se rige por esta normativa
Básicamente, el Estatuto de los Trabajadores protege a los empleados que prestan sus servicios de manera voluntaria a una empresa o entidad empleadora. Es decir, a los que trabajan por cuenta ajena. Los autónomos que trabajan por cuenta propia no están amparados por esta normativa, salvo los TRADE o trabajadores autónomos económicamente dependientes, en algunos puntos.
También hay otro tipo de casos, como los artistas de espectáculos públicos, los deportistas profesionales, los empleados en servicios del hogar o los penados en penitenciarías, entre otros. Sin embargo, se excluyen a los funcionarios, pues a estos los ampara el régimen administrativo o estatutario.
No importa que los asalariados trabajen para una empresa extranjera. Si están en territorio español, les afecta el Estatuto de los Trabajadores. Y si son empresas españolas en el extranjero, también están obligadas a cumplir esta normativa.
Cabe decir en este apartado que Estatuto de los Trabajadores prohíbe expresamente el trabajo a los menores de dieciséis años, salvo algunos casos muy concretos y con el consentimiento de sus tutores legales.
Qué tipo de dudas te resolverá consultar el Estatuto de los Trabajadores
Se podría resumir en una etiqueta la razón de ser del Estatuto de los Trabajadores: protege el derecho a reunirse, a sindicarse y a hacer huelga. En él se recogen disposiciones relativas a la negociación colectiva, el conflicto colectivo, el contrato de trabajo y los diferentes tipos de contratos, el descanso, la retribución, la jornada laboral, los despidos y medidas de higiene y respeto hacia el trabajador, entre otros contenidos.
Estos son algunos de los derechos que protege:
- Negociación colectiva, para poder pactar con instrumentos efectivos como convenios colectivos o acuerdos.
- Recibir la remuneración que se ha acordado en el contrato, en la forma y tiempo que se ha establecido.
- Promoción y formación profesional en el trabajo, con planes para mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
- Ocupación efectiva, es decir, los trabajadores no pueden permanecer desocupados.
- No ser discriminados por razones de sexo, religión, edad, origen, orientación sexual o ideología.
- Salud e integridad física, con la prevención de los riesgos laborales y el mantenimiento de la higiene laboral.
- Respeto a la dignidad e intimidad. Esto es especialmente significativo en casos de acoso laboral.
- Ejercitar acciones individuales derivadas de tu contrato de trabajo. Esto da derecho, entre otras cosas, a defender los intereses del trabajador ante los tribunales.
Diferencia entre Estatuto de los Trabajadores y convenio colectivo, ¿cuándo consultar cada uno?
El Estatuto de Trabajadores constituye los cimientos, la base, y el convenio colectivo y el contrato son, por decirlo de algún modo, la letra pequeña. Pero siempre para añadir beneficios o para especificar condiciones que no vienen detalladas, nunca para restar derechos. Es decir, si en tu contrato se especifica algo que va en contra del Estatuto de los Trabajadores, prevalece siempre este último. Es un acuerdo de mínimos, todo contrato y convenio colectivo debe cumplir, como mínimo, lo que en él se establece.
Imagina que te surge una duda con respecto a si se está respetando tu contrato o en relación con tus derechos laborales. Primero debes releer tu contrato por si hay alguna cláusula que te resuelva la duda. Si lo que lees no resuelve la duda o sospechas que puede ser incorrecto, deberías consultar tu convenio colectivo. En caso de que no se especifique nada, tendrías que acudir al Estatuto de los Trabajadores. Ese sería el orden de consulta.