La cuota de autónomos es el agujero negro por el que trabajando por tu cuenta, es decir, dándote de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no te salen las cuentas hasta que empiezas a facturar 2.000 euros. La propuesta de modificación del Gobierno tiene sus críticas y sus defensores. El objetivo es que las personas autónomas que menos facturen paguen proporcional y progresivamente menos que las que ingresen mayor cantidad mensualmente. Te contamos las claves de este cambio.

¿Qué cambia en la cuota de autónomos?

Si estás dado de alta en el RETA o has estado leyendo para animarte a emprender, habrás observado que los trabajadores autónomos contribuyen a la Seguridad Social cotizando con su cuota desde el primer día de su actividad y con carácter universal. Es decir, todos los trabajadores pagan una cuota, diferente eso sí, independientemente del dinero que ingresen o facturen.

La propuesta novedosa de este 2022 es la implantación de la modificación de esa cuota en 13 tramos según sea el rendimiento, es decir, la cantidad que factures. Por ejemplo, si facturas en 2023 menos de 600 euros al mes, tendrás que pagar 281,52 euros. O si es la primera vez que te das de alta en el RETA o hace más de dos años que no estás trabajando como autónomo, puedes acogerte a la tarifa plana. Esto eso, pagar una cuota fija de 60 euros el primer año, y progresivamente ir subiendo el siguiente año hasta alcanzar la cantidad prevista para el primer tramo.

La idea es que cada año vaya bajando la cantidad que pagas si eres de los que menos facturan. Y vaya subiendo la cuota si eres de los que más factura. De tal manera que si facturas en 2023 entre 3.620 euros y 4.050 euros, la cuota asciende a 351,90 euros. En 2029 llegará a 859,86 euros. Esta modificación responde al principio de justicia retributiva, que significa que un Estado será más justo si los que obtienen mayores rentas pagan más con sus impuestos.

¿Qué cambia en la cuota de autónomos?

¿Qué obtienes al cotizar la cuota de autónomo?

Es importante que recuerdes que el importe de las bases de cotización condiciona las prestaciones que puedes recibir como autónomo. Esto significa que según lo que pagues estarás más cubierto o menos de cara a una baja por enfermedad, cese de actividad, accidente, y la delicada cuestión de la jubilación trabajando en el RETA.

El Real Decreto 28/2018 implantó un aumento progresivo del tipo general de cotización desde 2019 hasta 2021, para asegurar algunas de las contingencias y coberturas sociales que anteriormente eran voluntarias, como las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedades profesionales), el cese de actividad y la formación continua.

Críticas y defensores

La cuestión es que esta medida pretendía paliar la desigualdad manifiesta entre los distintos tramos y no está claro que lo haya conseguido. Asociaciones vinculadas a los sindicatos mayoritarios CCOO y UGT, como son la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) y la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), son partidarias de cotizar en función de las ganancias, de tal manera que quien gane más, cotice más. Sin embargo, no están conformes con los tiempos. Pues nueve años parece mucho que esperar, dada la situación económica de las personas autónomas tras la crisis sanitaria. Tampoco perciben como un gran logro la reducción de la cuota pasada esta década.

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), vinculada a la CEOE, argumenta que este no es el mejor momento para aplicar un cambio que supondrá una subida sustancial de la cuota a los trabajadores autónomos con mayor rendimiento.