Conocido como contrato de becarios, el convenio de prácticas para personas que todavía no han terminado su formación se posiciona como la fórmula para integrar una experiencia laboral a la formación en curso. Se trata de un acuerdo entre la Universidad, la empresa y el becario que se materializará en un Convenio de Cooperación Educativa.

En este acuerdo vienen descritas las condiciones como la jornada laboral que se desarrollará (completa, parcial), la duración de las prácticas, pero también el contenido de las tareas que realizará el becario y que tendrán que estar en consonancia con las materias que se estén cursando. Definirá los objetivos, teniendo en cuenta qué competencias básicas se tienen que desarrollar. Este acuerdo también fijará si existe algún tipo de ayuda económica.

Las prácticas pueden formar parte de los requisitos para la consecución del título (están integradas en el plan de estudios); se llaman, entonces, prácticas curriculares y tienen una equivalencia en créditos. Sin embargo, aquellas que no forman parte del plan de estudios y que se hacen con el fin de ampliar la experiencia laboral específica se las denomina extracurriculares. Las universidades establecerán prioridad de aquellas sobre éstas.

Duración de las prácticas

La duración de estas prácticas oscila entre uno y seis meses pero quedará establecido por lo que indique el plan de estudios. En el caso de las prácticas extracurriculares, las que no están definidas por el plan de estudios, no deben superar el tiempo máximo del cincuenta por ciento del curso académico.

Otro de las exigencias es que la jornada debe ser compatible con la actividad académica, debe permitir al estudiante-becario participar con normalidad en las clases u otras actividades formativas.

Requisitos para firmar un convenio de prácticas

Estos convenios solo podrán suscribirse si se está participando en estudios universitarios. No está establecido ningún límite de edad para poder suscribir un convenio de cooperación educativa.

El becario no podrá tener una relación laboral con el lugar donde se realizan las prácticas.

Los estudiantes- becarios tendrán  un tutor en la universidad y otro en el centro de trabajo que supervisará que se está cumpliendo el acuerdo con la empresa que acoge, en un caso y emitirá informes sobre la experiencia del becario en el entorno laboral, en el otro.

Este tutor de las prácticas en la empresa o entidad colaboradora emitirá un informe donde se detallarán las habilidades adquiridas como la capacidad para trabajar en equipo, la puntualidad, comportamiento en el entorno laboral y las capacidades técnicas y de aprendizaje.

El convenio de prácticas: experiencia laboral mientras te formas

¿Hay que cotizar en un convenio de prácticas?

Por ley, no existe la obligatoriedad de remunerar al becario a no ser que el convenio que aplica a la empresa así lo establezca. En el caso de que sí se quiera retribuir al estudiante en prácticas no está fijada una remuneración mínima y está considerada como una ayuda al estudio. En ocasiones se ofrece ayuda al transporte o algo similar a las dietas.

Por otra parte, la obligación de cotizar por parte de las empresas o entidades colaboradoras se producirá solamente si se está remunerando al estudiante. Esta cotización tiene una cuota fija independientemente de la jornada que se realice. Para ello, es necesario cumplir con algunas condiciones: que la práctica esté financiada por la empresa en la que se está desempeñando la tarea, o por otros organismos o instituciones, que estén vinculados con estudios universitarios y que el becario esté dado de alta durante todo el periodo.

Estas condiciones se recogen en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, mediante el cual los estudiantes quedan asimilados a la condición de trabajadores por cuenta ajena por el Régimen General de la SS. Hay que señalar que esta cotización no contará en la contingencia por el desempleo, es decir, no sumará como tiempo para cobrar el paro, pero sí lo hará en caso de una baja por enfermedad o de cara a la jubilación.

¿En qué se diferencian un contrato de prácticas de un convenio de prácticas?

La principal diferencia entre un contrato de prácticas y un convenio de prácticas es la situación del estudiante. En un contrato de prácticas es requisito indispensable  haber finalizado la formación. Se establece, entonces, una relación laboral con la empresa que contrae las obligaciones oportunas de cotización, remuneración, etc.

En un convenio de prácticas el estudiante está todavía en formación. Las prácticas forman parte del plan de estudios o amplían éste. Se puede acordar una remuneración a través de una bolsa o ayuda económica al estudio.

A través de los COIE (Centro de Orientación y Empleo) de las universidades puedes consultar la oferta de prácticas disponible para tu especialidad. Tendrás que acudir allí para encontrar ofertas y formalizar los trámites.