Las personas afectadas por un ERTE han llegado a sumar hasta 3,8 millones en nuestro país. Poco a poco, las empresas van retomando la actividad, una actividad muy condicionada por las circunstancias, y con ella desafectando a aquellos trabajadores a los que se había suspendido temporalmente el contrato para volver a incorporarse a la empresa. Después del parón hay una serie de cuestiones importantes que valorar. Estos son algunas consideraciones que debes tener en cuenta si te acabas de reincorporar del ERTE.
Cálculo de vacaciones y pagas extra
Al tratarse de una suspensión del contrato durante el tiempo que te encuentres en ERTE no generas derecho a vacaciones. Esto quiere decir que, si al año se acumulan aproximadamente con dos días y medio por mes trabajado (lo que equivale a unas cuatro semanas y media de vacaciones) de descanso, este año tendrás que restarle los días correspondientes al tiempo que hayas estado en ERTE. Si has estado dos meses, por ejemplo, tendrás que restar cinco días al cómputo total de vacaciones.
Debes hacer lo mismo con las pagas extras. Tampoco cobrarás el cien por cien, (ya lo habrás notado en la de julio si en tu convenio se devenga semestralmente) sino que recibirás la parte proporcional del año con el contrato activo.
¿Qué pasará con la declaración de la renta del 2121?
En cuanto a la declaración de la renta del próximo año, quizás sea un buen momento para iniciar algún movimiento y que la próxima no tenga como resultado el temido “a pagar”.
La declaración de la renta será obligatoria para muchas personas en el próximo ejercicio, ya que ha habido una gran cantidad de trabajadores que han tenido dos pagadores durante el periodo de referencia. Esto es, la propia empresa y el SEPE, como segundo pagador durante el periodo de ERTE.
Por ley es obligatorio presentar la declaración si has cobrado más de 14.000 euros y has tenido dos pagadores.
Sin embargo, esto no significa que tenga que salir “a pagar”. Lo explicamos a continuación. El IRPF, es el porcentaje de sus ingresos que los asalariados cotizan a las arcas públicas . La empresa se encarga de retener esa parte, en función del salario que ella le abona. Para calcular la parte que corresponde a cada uno se tiene en cuenta también el número de hijos o si se está pagando una hipoteca.
Pero este año, previsiblemente, las compañías tendrán en cuenta menos ingresos, puesto que durante algunos meses no han pagado el salario (lo ha hecho el SEPE). Por lo tanto, retendrá menos. Lo que se percibe del SEPE tampoco está sujeto a retención. Así que, es probable que cuando llegue la hora de regularizar esos porcentajes en la renta del próximo año salga una declaración positiva (lo que se conoce como “a pagar”).
Para que esto no ocurra, se puede pedir a la empresa que suba un poco la cotización por IRPF, y regularizar antes ese importe para no llevarse un susto en mayo del año que viene.
Consejos si te tienes que reincorporar tras ERTE
Necesitarás un periodo de tiempo para coger de nuevo ritmo, así que no quieras ponerte al día desde ya si no quieres que tu salud mental se resienta. Ponte objetivos proporcionados a tu capacidad para ir cumpliendo día a día. Si notas que puedes incrementarlo, hazlo de a poco.
Si tienes que ir en transporte público puede que esto te genere algo de ansiedad. Entre las prácticas que se recomiendan en las empresas está el escalonar las entradas y salidas para que no se produzcan aglomeraciones en los transportes públicos. Pregunta en tu empresa o a la representación de los trabajadores si puedes acogerte a este cambio. Valorar utilizar transportes alternativos como la bicicleta o salir un poco antes de casa para llegar caminando.
Desde marzo del 2019 el Estatuto de los Trabajadores contempla el derecho a la modificación de la jornada para la conciliación. Existe esta posibilidad si está siendo difícil cuadrar horarios.
En vez de incorporarte a tu centro de trabajo quizás retomas tu labor teletrabajando, por lo que será necesario que hagas algunas modificaciones. Descansa cada tanto, procura utilizar mobiliario que te resulte cómodo y, en la medida de lo posible, escoge un lugar bien iluminado y silencioso para trabajar.
Las empresas deben cumplir con los protocolos establecidos por Sanidad y garantizar el material de protección suficiente (hidrogeles, mascarillas) y adecuado para la actividad que se desarrolla. Asegurar la distancia interpersonal, tanto a las entradas y salidas como en las zonas comunes, así como establecer un protocolo de actuación si un trabajador diera positivo en Covid.