A veces necesitamos hacer un kitkat de nuestras obligaciones laborales y desvincularnos de la empresa en la que estamos trabajando. Los motivos pueden ser muy diversos. Podemos querer emprender un proyecto personal, hacer un viaje-aventura, formarnos en otro país, simplemente queremos cuidar de alguien que nos necesita (si es de un familiar o un hijo/a tiene unas condiciones específicas) o probar suerte en otro sector. En todos estos casos podemos solicitar una excedencia voluntaria a nuestra empresa.
La excedencia está contemplada en el Estatuto de los trabajadores. Es una suspensión temporal del contrato de trabajo, por lo tanto, de la obligación por parte de la empresa de pagar el salario y las cotizaciones y, por parte del trabajador, de asistir a su puesto. En caso de que te la concedan te finiquitarán por si no vuelves… Aún así, la relación laboral no queda extinguida.
El convenio de cada sector regula las condiciones en las que se produce la excedencia, pero hay algunos aspectos que son comunes para todos los trabajadores/as.
Tienes derecho a solicitar una excedencia si has trabajado más de un año en la empresa y no podrás disfrutar de otra si hace menos de cuatro años que solicitaste la anterior. La duración de este parón puede ser de cuatro meses a cinco años como máximo. Si cumples los requisitos, la empresa estaría obligada a concedértela. Necesitarás redactar un escrito con un poco de antelación, un mes estaría bien, para que a recursos humanos le dé tiempo a organizarse y sustituir tu puesto con otra persona. Indica en el escrito las fechas de comienzo y final de la excedencia. No es obligatorio alegar motivos, aunque comunicar nuestras razones nos puede facilitar la reincorporación en el futuro.
Durante la excedencia podremos trabajar en otra empresa y adquirir los mismos derechos que en la anterior. Ten en cuenta que no tendrás derecho a pedir la prestación por desempleo, ya que has salido de forma voluntaria.
Una vez hayamos agotado el tiempo de la excedencia, si queremos incorporarnos de nuevo a la empresa, debemos solicitarlo por escrito. Nuestra admisión al puesto no está garantizada. Tendremos un derecho preferente en caso de que haya vacantes en el mismo nivel o en una categoría similar. Si la empresa no admitiera nuestra incorporación de forma fehaciente (mediante una denegación expresa), se podría iniciar el proceso para solicitar el paro. Ten en cuenta que este tiempo de excedencia no computará para tu antigüedad en la empresa. La que hubiéramos acumulado antes, se respetará.
La solicitud de una excedencia es una situación delicada. Facilitar las cosas haciendo gala de flexibilidad y mano izquierda puede ser clave a la hora de la reincorporación. Puede que no necesites los cuatro meses que como mínimo debes pedir según la ley. También esto podría ser fruto de negociación con la empresa. O puede que a esta le venga muy mal que salgas en ese momento y te pida que la retrases. Valóralo y disfruta de la posibilidad de dejar por un tiempo en suspenso los madrugones de todos los días.