Con el objetivo de proporcionar más protección a aquellos colectivos con peores condiciones de empleabilidad, el pasado 20 de junio el Congreso aprobó la reforma del sistema asistencial de desempleo. Una medida que aumenta gran parte de las cuantías percibidas del subsidio por desempleo de 480 a 570 euros durante los primeros seis meses de prestación y que, entre otras ventajas, mantendrá la base de cotización de los mayores de 52 años en el 125% y permitirá compatibilizar la percepción del subsidio con la realización de un trabajo.

¿Qué cambios principales recoge la reforma del subsidio de paro?

Una de las principales novedades de la reforma se da en lo referente a las cuantías de la ayuda por desempleo. El subsidio por  desempleo se sitúa, tras la reforma, en un 95% del Indicador Público de Rentas Múltiples (Iprem) durante los primeros seis meses de prestación. Hecho que supone una subida de 90 euros con respecto al 80% estipulado anteriormente. El monto del subsidio por desempleo desciende a un 90% durante los seis meses siguientes y vuelve a caer al 80% durante el tiempo restante en que se perciba esta asistencia.

Asimismo, la duración del subsidio por desempleo se mantiene en un máximo de 30 meses, a excepción de los mayores de 52 años, que podrán percibirla de forma indefinida. En cuanto a la compatibilización de este subsidio con un trabajo, se podrá percibir ambos montos con un máximo de 180 días.

Otro de los cambios más importantes se da en la ampliación del área de actuación del subsidio. A partir de noviembre, las víctimas de violencia de género, de violencia sexual o los emigrantes retornados podrán acceder a esta ayuda si han agotado la prestación contributiva.

Diferencia entre subsidio y prestación por desempleo

La prestación por desempleo es una prestación contributiva que depende de las cotizaciones realizadas por el trabajador durante su tiempo como empleado. Es decir, su existencia se fundamenta en que el trabajador haya realizado aportaciones a la Seguridad Social.

Dependiendo del periodo de cotización recogido por el trabajador, la duración de la ayuda por desempleo podrá variar. No obstante, el porcentaje de la cuantía que se percibe siempre es el mismo: el 70% de la base reguladora (teniendo en cuenta los topes de la cuantía máxima y mínima) durante los primeros 180 días y el 60% en adelante.

Por otro lado, el subsidio por desempleo es una prestación no contributiva a la que se puede acceder si no se cumplen con los requisitos estipulados para acceder a la prestación por desempleo. Esta situación se puede dar en muchos casos. Por ejemplo, si no se ha cotizado lo suficiente a la Seguridad Social, si se ha agotado la prestación por desempleo, si se es mayor de 52 años y no se cuenta con un empleo o en otras situaciones especiales.

Cómo solicitar el subsidio por desempleo

Para poder solicitar el subsidio por desempleo, la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), quien se encarga de la gestión y la concesión de las ayudas públicas en materia laboral, recoge las distintas situaciones por las que se puede acceder a este subsidio.

Dependiendo de la situación recogida, se deberá acreditar una u otra circunstancia, por lo que es indispensable que revises cuál es tu caso para así poder aplicar al que te corresponda.

No obstante, existen una serie de requisitos a nivel general para poder acceder a este ayuda, como estar en situación de desempleo, inscrito como demandante, suscribir el acuerdo de actividad, haber agotado la prestación contributiva por desempleo y carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.