El pasado lunes 1 de julio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó sentencia en lo referente al personal fijo discontinuo del sector público. Según se establece en dicha sentencia, los trabajadores con modalidad de contrato fijo discontinuo podrán tener dos contratos en el sector público siempre que esta segunda actividad se desarrolle durante el periodo de inactividad laboral del trabajador. La postura del Supremo da respuesta a una realidad cada vez más extendida en nuestro país desde la reforma laboral de 2021 y sienta las bases de actuación en materia de personal temporal del sector.

Normativa sobre los fijos discontinuos con dos contratos en el sector público

La actuación del Supremo tiene como origen el caso de un bombero forestal con contrato fijo discontinuo del Servicio de Prevención y Defensa contra incendios forestales de Galicia, a quien la Xunta le denegó la solicitud de compatibilidad con un puesto de peón de brigada de repoblación forestal.

Una resolución dictada por el Tribunal Superior de Galicia que el Supremo revoca en beneficio del trabajador. Ya que, pese al régimen de incompatibilidades que supondría obtener dos retribuciones del sector público, el trabajo realizado, en este caso, se llevaría a cabo durante un periodo de inactividad en el que no se percibe remuneración.

Al tratarse de una actividad que se desarrollaría durante los periodos de inactividad del trabajador, se estimó el recurso presentado teniendo en cuenta la compatibilidad de desempeño de la segunda actividad. Tal y como dicta la sentencia emitida por el Tribunal Supremo, esta compatibilidad entre actividades es posible “siempre que ésta se lleve a cabo dentro del periodo de inactividad laboral de la relación discontinua y no impida o menoscabe el estricto cumplimiento de los deberes inherentes a ella ni comprometa la imparcialidad o independencia de su desempeño”.

La sentencia, además, impone una indemnización a la administración de 6.542 euros más intereses por los daños y perjuicios ocasionados al trabajador. Un dictamen que ayuda a regularizar los casos de empleados del sector público, que podrán tener dos contratos siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la sentencia.

https://x.com/PoderJudicialEs/status/1810287741160026119

Los contratos fijos discontinuos en España

Los cambios estipulados por la reforma laboral de 2021 y las penalizaciones en cuestión de contratación temporal dispararon el número de contratos fijos discontinuos en nuestro país. Tal y como se recoge en los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en 2021, el total de los indefinidos que contaban con esta modalidad de contrato era de un 9,6%. Una cifra que se disparó durante el año 2022 hasta alcanzar un aumento de 1.273% con respecto a los datos obtenidos en el periodo anterior.

Durante el primer trimestre de este año 2024, el estudio ¿Cuántos son los trabajadores fijos discontinuos? de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) arrojó una estimación de 1,42 millones de trabajadores con esta modalidad de contrato. Una realidad que afectaba y afecta, de igual forma, a las tasas de pluriempleo.

Según los datos presentados por Fedea durante el mismo periodo, uno de cada cuatro trabajadores con contrato fijo discontinuo está pluriempleado. Los periodos de inactividad del contrato fijo discontinuo ponen de manifiesto la necesidad de los trabajadores por encontrar otras fuentes de retribución. Es por eso que, tanto a nivel público como privado, la compatibilidad entre actividades resulta de vital importancia para la supervivencia de este modelo de contratación.