Te pagan un plus de disponibilidad horaria cuando, por las características de tu puesto, tienes que estar disponible fuera de la jornada ordinaria. Esto afecta a profesiones muy distintas; personal sanitario, de informática, forestales o servicios técnicos, entre otras muchas. Pero este plus no retribuye las horas extra que haces, estas te las deben compensar aparte. ¿Quieres saber más sobre el plus de disponibilidad?

Lo primero que conviene tener en cuenta es que nadie está obligado a aceptar una jornada con disponibilidad horaria. Eso es algo que se acuerda por contrato, aunque a veces está regulado por el convenio colectivo y otro tipo de negociaciones colectivas de la profesión. Ahora bien, como la disponibilidad horaria se pacta en contrato, si no hay acuerdo lo más probable es que no se produzca la contratación. Es decir, no puedes aceptar un puesto que conlleva disponibilidad horaria y luego incumplirla. Otra cuestión es que se esté hablando de una disponibilidad oculta, ¿tiene derecho tu jefe a contactar contigo fuera de tu horario laboral?

No confundir el plus de disponibilidad horaria con el pago de las horas extra

El plus que se establece por disponibilidad horaria no puede servir para retribuir el trabajo efectivo por encima de la jornada máxima legal. Esto quiere decir que, si tienes un contrato a jornada completa, no puedes trabajar más de 40 horas semanales (o lo que indique tu convenio) en total, sumando las horas que haces en horario ordinario más las que haces de guardia.

La disponibilidad horaria no responde a una actividad extraordinaria. Lo que se retribuye es una característica especial del puesto, que obliga a estar disponible o a modificar el horario ordinario. En el momento en el que se supera la jornada máxima legal, el tiempo de trabajo realizado es considerado como horas extra, y tienen que ser retribuidas o con descanso o económicamente, aparte de que deben cumplir con otra serie de exigencias.

¿Qué es el plus de disponibilidad horaria?

 

¿Qué diferencia hay entre guardias presenciales y guardias no presenciales?

Las guardias presenciales se refieren a aquellas en las que tienes que estar presente en tu puesto de trabajo, pero fuera del horario ordinario. Estas serían las que se tendrían en cuenta a la hora de establecer si forman parte de la jornada pactada o bien la sobrepasan y han de contarse como horas extra. Como se trata de tiempo efectivo de trabajo, las empresas tienen la obligación de incluirla y someterlas al registro de jornada.

Bajo el nombre de guardias no presenciales o pasivas se engloba el tiempo que tienes que estar pendiente del trabajo, pero fuera de tu puesto. No es tiempo efectivo de trabajo hasta que no acudas a tu puesto. Eso sí, si tienes la opción de teletrabajar, tu puesto está donde estés tú llevando a cabo las tareas profesionales para las que te han contratado. Por ejemplo, si tu campo es la informática y tienes que estar pendiente por si se cae un servidor, estás en una guardia no presencial. Pero si finalmente se cae el servidor y te toca intervenir, aunque sea desde tu casa, es una guardia presencial.